Publicado inicialmente el 17/01/2020 por CubaTrámite
La Empresa Eléctrica podrá brindar el servicio eléctrico de 220 Voltios a los usuarios que lo soliciten, desde las líneas más cercanas que tengan suficiente capacidad para suministrarle el voltaje y las fases necesarias.
Requisitos
El cliente debe presentar lo siguiente:
- Carné de identidad.
- Recibo del mes en curso debidamente pagado.
Costos
No tiene costo.
Dónde presentar el trámite
Presencial: En la Oficina Comercial de Servicio Eléctrico de la localidad correspondiente.
Horarios de atención
- Lunes, miércoles y viernes: de 8:00 am a 5:00 pm.
- Martes y jueves: de 8:00 am a 7:00 pm.
- Sábados: de 8:00 am a 12:00 m.
Para conocer los horarios de atención de alguna oficina específica y de su interés, también puede comunicarse al 18888 (las 24 horas).
Tiempos de resolución
Hasta treinta (30) días hábiles posteriores a la solicitud del servicio, para la ejecución de la instalación.
Más información
Preguntas frecuentes
1.- ¿Cuáles se consideran contravenciones de las regulaciones del servicio eléctrico en Cuba?
Contraviene las regulaciones del servicio eléctrico y, en consecuencia, será susceptible de la imposición de una multa, entre otras medidas, quien:
- Manipule, cambie o altere el equipo de medida y la acometida del servicio, impidiendo el funcionamiento correcto del referido equipo y el paso libre por este, de toda la energía consumida.
- Reincida en las contravenciones del inciso anterior, tanto por la comisión de fraude como por la reconexión del infractor.
- Impida la lectura del equipo de medida (metro contador), dañe intencionalmente dicho equipo o su gabinete, o lo cambie de lugar conjuntamente o no con la acometida del servicio.
- Se conecte Ilegalmente a una instalación ajena (tendederas) o permita que se conecten de la propia.
- Facilite la energía eléctrica a una vivienda que haya incurrido en fraude de electricidad.
- Restablezca de cualquier forma el servicio eléctrico que le haya sido previamente desconectado por falta de pago.
2.- ¿Dónde puedo recibir más información?
- Sitio WEB: https://www.unionelectrica.cu
- Correo electrónico: [email protected]
- Facebook: @unecuba.cuba
- Twitter: @UElectrica
- Llamando al 18888 (las 24 horas)
Fundamento Legal
- Decreto No. 260. Contravenciones personales de las Regulaciones del Servicio Eléctrico, de 9 días del mes de diciembre de 1998.
- Ley 1287. Del Servicio Eléctrico, del 2 de enero de 1975.
- Resolución 66 de 2021 de Ministerio de Finanzas y Precios. Aprueba el Sistema para la formación de las tarifas eléctricas en pesos cubanos, para el cobro del servicio eléctrico. (Gaceta Oficial No. 26 Extraordinaria de 2021).
Referencia
Los contenidos publicados en Cubatrámite ofrecen información útil sobre trámites, pero no constituyen un asesoramiento legal. En caso de dudas específicas, siempre se recomienda acudir a un abogado o consultar directamente los canales oficiales de la entidad correspondiente.
Antes de tomar esta guía como referencia, consulta la fecha de actualización que aparece al inicio. Los requisitos, procedimientos y tarifas pueden cambiar. Reviso y actualizo los contenidos de forma progresiva, por lo que algunas novedades normativas pueden estar pendientes de incorporación. Si hay cambios posteriores a la fecha indicada o tienes dudas sobre la vigencia de alguna información, confírmala con la entidad correspondiente antes de realizar la gestión.




