Publicado inicialmente el 17/01/2020 por CubaTrámite
El cambio del metro contador de energía eléctrica puede ser solicitado por el consumidor o por orden de los inspectores.
Las causas que originan la solicitud, por el usuario, del cambio del metro contador de energía eléctrica son:
- Aumento o disminución de la capacidad de carga.
Las causas que originan el cambio del metro contador de energía eléctrica ordenado por los inspectores son:
- Defectos en el contador de energía eléctrica.
- Inadecuación del contador de energía eléctrica.
- Rotura o quemado del contador de energía eléctrica.
- Aumento o disminución de la capacidad de carga.
Requisitos
Cómo se procede según el caso:
1.- Cuando el contador de energía eléctrica está defectuoso:
Se procede a emitir la Orden de conexión y desconexión (H-65), haciendo referencia al informe sobre el defecto del contador de energía eléctrica, como puede ser: «Registra con adelanto», «Registrar con atraso», «Está parado», «Sin carga», etc.
Además se agrega el área en la que se recomienda su instalación, si corresponde.
El resto de los datos para rellenar el modelo H-65 se toman del archivo de control de consumidores.
2.- Cuando el contador de energía eléctrica es inadecuado:
Se aclara en la Orden de conexión y desconexión (H-65) la causa y clase de metro contador a instalar, por ejemplo: «Por aumento o disminución de carga», «Requiere servicio trifilar (o trifásico, etc)», «Instálese contador de energía eléctrica con demanda», etc.
Además se debe consignar quién ordena el cambio de contador de energía eléctrica. El resto de los datos a consignar en el modelo H-65 se toman del archivo de los consumidores.
3.- Cuando el contador de energía eléctrica está quemado o roto:
La Empresa Eléctrica investigan las causas mecánicas o eléctricas que motivan el cambio del equipo.
Si el cliente fuera responsable, pagará la indemnización que corresponda de acuerdo con los daños.
Con posterioridad se emite la Orden de conexión y desconexión (modelo H-65) aclarando los particulares de la causa.
El resto de los datos a consignar en el modelo H-65 se toman del archivo de los consumidores.
Costos
Cuando el contador de energía eléctrica está quemado o roto, si el cliente fuera responsable, pagará la indemnización que corresponda de acuerdo con los daños.
Dónde presentar el trámite
Presencial: En la Oficina Comercial de Servicio Eléctrico de la localidad correspondiente.
Horarios de atención
- Lunes, miércoles y viernes: de 8:00 am a 5:00 pm.
- Martes y jueves: de 8:00 am a 7:00 pm.
- Sábados: de 8:00 am a 12:00 m.
Para conocer los horarios de atención de alguna oficina específica y de su interés, también puede comunicarse al 18888 (las 24 horas).
Tiempos de resolución
La Oficina Comercial encargada de realizar esta labor dispondrá de diez (10) días hábiles para ejecutar.
Más información
Preguntas frecuentes
1.- ¿Cómo se determina el cobro de la primera facturación una vez que el metro contador de energía eléctrica es cambiado por un nuevo equipo?
Cuando el contador de energía eléctrica está defectuoso, en la primera facturación después del cambio del metro contador, se procede a efectuar un promedio del consumo que ha habido (diferencia de la lectura del cambio de contador de energía eléctrica, reflejada por el operario en el H-65 y la lectura tomada por el lector) entre los días transcurridos desde la fecha del cambio al día de la toma de lectura y esto es multiplicado por 30 días.
Cuando el contador de energía eléctrica es inadecuado, en el momento en que el supervisor lea el nuevo metro contador, para la facturación del mes, tendrá en cuenta los consumos habidos del contador de energía eléctrica nuevo y el consumo del contador de energía eléctrica retirado, y asumirá como consumo del mes la suma de ambos.
Cuando el contador de energía eléctrica está quemado o roto, para la facturación del mes, de haber sido los últimos consumos incrementados sobre el histórico, se considerará el mayor de los consumos habidos.
2.- ¿Dónde puedo recibir más información?
- Sitio WEB: https://www.unionelectrica.cu
- Correo electrónico: [email protected]
- Facebook: @unecuba.cuba
- Twitter: @UElectrica
- Llamando al 18888 (las 24 horas)
Fundamento Legal
- Decreto No. 260. Contravenciones personales de las Regulaciones del Servicio Eléctrico, del 9 de diciembre de 1998.
- Ley 1287. Del Servicio Eléctrico, del 2 de enero de 1975.
Referencia
Los contenidos publicados en Cubatrámite ofrecen información útil sobre trámites, pero no constituyen un asesoramiento legal. En caso de dudas específicas, siempre se recomienda acudir a un abogado o consultar directamente los canales oficiales de la entidad correspondiente.
Antes de tomar esta guía como referencia, consulta la fecha de actualización que aparece al inicio. Los requisitos, procedimientos y tarifas pueden cambiar. Reviso y actualizo los contenidos de forma progresiva, por lo que algunas novedades normativas pueden estar pendientes de incorporación. Si hay cambios posteriores a la fecha indicada o tienes dudas sobre la vigencia de alguna información, confírmala con la entidad correspondiente antes de realizar la gestión.