Obtención y legalización de documentos registrales y notariales en Cuba

Publicado inicialmente el 18/08/2020 por CubaTrámite

La legalización de documentos registrales y notariales en Cuba es el procedimiento que da validez legal a los documentos originales expedidos en el territorio nacional para que surtan efecto en el extranjero.

Desde el lunes 3 de febrero de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (MINREX) traspasó al Ministerio de Justicia (MINJUS) la responsabilidad de funciones del proceso de legalización de documentos para su validez en el exterior.

El Ministerio de Justicia de Cuba, asume todas las etapas de este procedimiento, desde la solicitud y obtención de los documentos en entidades registrales, bufetes y consultorías, hasta su legalización final. Para ello, se establecerá una nueva unidad de legalizaciones dentro del MINJUS.

La legalización de documentos tiene como objetivo certificar por orden jerárquico con las distintas autoridades, la autenticidad de las firmas y sellos que aparecen rubricados en el documento.

La legalización de documentos cubanos puede ser solicitada por interés personal o por interés de una entidad u organismo estatal.

Cuando la petición obedece a un interés particular de las personas naturales, residentes en el territorio nacional o en el exterior, o sus representantes, deberán firmar un Contrato de Servicios Jurídicos con cualesquiera de las entidades autorizadas para la tramitación, quienes se encargarán de:

  1. La obtención de los documentos para que surtan efecto en el extranjero.
  2. La legalización de documentos en el Ministerio de Justicia (MINJUS).
  3. La legalización de documentos en la representación diplomática en Cuba, del país de destino.

Requisitos

Para la obtención y legalización de documentos cubanos (registrales y notariales)

La persona interesada a quien se le va a expedir la certificación deberá concurrir con:

  1. Documento de identidad (carné de identidad o pasaporte).
  2. Nombres y apellidos de la o las personas de quien se solicita el documento registral, tomo, folio o la fecha exacta y lugar donde ocurrió el hecho o el acto. Cuando el interesado no conozca el tomo y folio donde se encuentra la inscripción, se requerirá una búsqueda de inscripciones.
  3. Sellos del timbre, por el valor correspondiente, en formato físico, pagados en efectivo o por vía electrónica. (Ver Costos).
  4. Tarifa en efectivo, según el costo del trámite a solicitar. (Ver en Costos).

Costos

Por la obtención de documentos registrales

AsuntoTarifa en pesos cubanosTarifa en USD
Obtención de certificaciones registrales (cada una)125052
Obtención de certificación de capacidad legal2500104
Obtención de certificación de sentencias3750156
Reconocimiento e inscripción de certificaciones en el Registro Especial del MINJUS3750156
Obtención de certificación de la condición migratoria de ciudadano cubano2500104
Obtención de certificación de la condición migratoria de ciudadano extranjero2500104
Obtención de certificación sobre identidad de los ciudadanos cubanos2500104
Obtención de certificación de dirección habitual o domicilio de ciudadanos cubanos y extranjeros3750156
Obtención de certificación de movimientos migratorios3750156
Obtención de certificación del Registro de Ciudadanía3750156
Completamiento de formularios (cada uno)75031
Acreditación por las direcciones generales de bufetes especializados de documentos tramitados por estos62526
Compulsa de documentos37516

Por la legalización de documentos registrales y notariales

Por la legalización

Tarifa en pesos
cubanos
Tarifas en USD
Legalización de documentos no docentes, registrales y notariales de personas naturales en el Ministerio de Justicia (cada uno)37516
Legalización de documentos societarios en el Ministerio de Justicia (cada uno)2500104
Legalización de documentos ante los Consulados (cada uno)37516

Por la aportación de los sellos del timbre

Los sellos para el servicio de legalización de documentos podrán ser presentados en las sociedades civiles de servicios jurídicos: en formato físico, pagados en efectivo o por vía electrónica (Transfermóvil).

Para las personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional, cuando solicitan el servicio de legalizaciones y opten por contratar el servicio de obtención del documento.

Y para las personas naturales y personas extranjeras que no ostenten la condición de residentes permanentes en el Cuba.

El importe por los sellos del timbre se realiza en pesos cubanos (CUP).

AsuntoResidentes en CubaResidentes en el exterior
Documentos notariales y sentencias judiciales401000
Otros documentos oficiales20500
Certificación de nacimiento5125
Certificación de matrimonio5125
Certificación de defunción5125
Certificación de acta de ciudadanía10250
Certificación literal de nacimiento y matrimonio10250
Certificación de capacidad legal10250
Otras certificaciones basadas en inscripciones o anotaciones marginales5125
Certificación de actos de última voluntad5125
Certificación de declaratoria de herederos5125
Certificación de capitulaciones matrimoniales5125
Certificación de antecedentes penales5125
Documentos notariales y certificaciones notariales5125
Certificado de nacionalidad20—
Certificación del certificado de nacionalidad15—
Certificación del Registro de Ciudadanía20—
Certificación del Registro de Extranjeros20—
Certificación de movimientos migratorios15—

IMPORTANTE: Cuando el trámite NO se realice personalmente (aun siendo residente en Cuba) el cobro por la aportación de sellos del timbre será el correspondiente al que deben pagar las personas naturales no residentes en Cuba, por cada documento a legalizar.


Dónde

Presencial en: las sociedades civiles de servicios jurídicos y sus sucursales.


Horarios de atención

En las sociedades civiles de servicios jurídicos y sus sucursales:

  • De lunes a viernes: de 8:00 am a 12:30 m / de 1:00 pm a 5.30 pm.

Tiempos de resolución

Hasta diez (10) días hábiles para la legalización de los documentos docentes ante el Ministerio de Justicia.

Para la entrega de los documentos registrales y notariales las entidades de servicios jurídicos autorizadas disponen de un término de hasta 30 días hábiles.


La Instrucción No. 3/2019 del Ministerio de Justicia, estableció eliminar como requisito obligatorio, la nota: “Únicamente para surtir efectos fuera del territorio nacional” en los documentos notariales y certificaciones registrales del Ministerio de Justicia, con la finalidad de simplificar los procesos en el sistema del Ministerio de Justicia.

Preguntas frecuentes

1.- ¿Puedo obtener y legalizar un documento en Cuba para surtir efecto en el exterior, a título personal?

Podrás obtener las certificaciones registrales y notariales a título personal o mediante un representante y posteriormente, legalizarlos contratando el servicio servicios de legalización en las sociedades civiles de servicios jurídicos y sus sucursales.

Sin embargo, en el caso de los documentos docentes el trámite de obtención y legalización, le corresponde en su totalidad a las entidades autorizadas la obtención y legalización.

2.- ¿Debo tramitar personalmente la obtención y legalización de documentos, si el organismo en el que trabajo me envía al exterior?

No. Cuando el interés de obtener y legalizar un documento para una persona natural residente en el territorio nacional o en el exterior, es institucional, para tales fines los organismos disponen de tramitadores, encargados de realizar las gestiones pertinentes.

3.- ¿Las certificaciones registrales tienen vencimiento?

Las certificaciones registrales de nacimiento, matrimonio y defunción, no tienen vencimiento, pero las de soltería y capacidad legal tendrán una vigencia de 180 días a partir de la fecha de expedición; según estableció la Resolución 115 de Ministerio de Justicia del 27 de febrero de 2020.

En todas las certificaciones que se emitan se añadirá una nota consignando que no tienen fecha de vencimiento.

4.- ¿En Cuba, las legalizaciones de los documentos vencen?

No. Las legalizaciones carecen de fecha de caducidad.

Sin embargo, si el documento expedido tiene una vigencia limitada, la legalización que se efectúe sobre él también la tendrá.

5.- ¿Los documentos docentes deben ser legalizados por las instituciones que los emitieron?

Sí. Los documentos de estudios como títulos, certificados de estudios, certificación de notas, planes de estudios, entre otros, deben ser legalizados, previamente, en las instituciones que los emitieron:

  • Los documentos de estudios universitarios se legalizan en el Ministerio de Educación Superior (MES),
  • Los documentos de la enseñanza media y técnica profesional se legalizan en el Ministerio de Educación (MINED).
  • Los documentos de estudios en la disciplina de salud deben ser legalizados ante el Ministerio de Salud Pública (MINSAP).

6.- ¿Dónde un cubano residente en el exterior puede solicitar documentos en Cuba para su uso fuera del territorio nacional?

Los cubanos residentes en el exterior pueden solicitar documentos para su uso en el extranjero, en los consulados de Cuba en el exterior; o por representación de una tercera persona (familiar o amigo) que se encuentre en Cuba, en las sociedades civiles de servicios jurídicos y sus sucursales.

Otra opción, es contactar directamente (en línea, por teléfono o correo electrónico) con la sociedad civiles de servicios jurídicos de su elección, para firmar un contrato de servicio desde el exterior.

7.- Las sociedades civiles de servicios jurídicos, ¿tramitan la legalización de documentos ante los consulados?

Sí. No obstante, las sociedades civiles de servicios jurídicos y sus sucursales, autorizadas para la obtención y legalización de documentos para su uso en el exterior, NO están tramitando actualmente las legalizaciones de documentos ante algunos consulados del exterior en Cuba.

8.- ¿Los documentos que ya han sido legalizados por el MINREX, siguien siendo vigentes?

Sí. Los documentos legalizados por el MINREX antes del traspaso de sus funciones al MINJUS, siguen siendo válidos y plenamente reconocidos.

No es necesario volver a solicitar su legalización.

Las legalizaciones emitidas antes de febrero de 2025 conservan su vigencia para todos los efectos legales, tanto dentro de Cuba como en el extranjero.

9.- ¿Existen países que admitan documentos cubanos sin necesidad de legalización?

La Ley 180/2025 del Registro Civil reconoce en su artículo 78 que existen países con los que Cuba ha suscrito convenios de reconocimiento mutuo, en virtud de los cuales los documentos cubanos pueden quedar exentos del proceso de legalización para su uso en el exterior.

Sin embargo, la misma norma establece que el Ministerio de Justicia debe publicar un listado actualizado de esos países y los requisitos específicos aplicables en cada caso. A la fecha ese listado no ha sido publicado.

Mientras tanto, para verificar si el país de destino del documento tiene algún convenio aplicable con Cuba que exima de legalización, se recomienda:

  • Consultar directamente al Ministerio de Justicia (minjus.gob.cu).
  • Consultar en la embajada o consulado del país de destino en Cuba.
  • Consultar con un abogado o bufete especializado en trámites internacionales.

Te puede interesar:


Fundamento Legal

  • Ley No. 59 del Código Civil. Actualizada el 8 de noviembre de 2022.
  • Ley No. 180/2025 del Registro Civil. Gaceta Oficial No. 26 Ordinaria de 2026.
  • Ley 175 de 2024 de Asamblea Nacional del Poder Popular. “Del Notariado”. Gaceta Oficial No. 62 Ordinaria de 2025.
  • Resolución 331 de 2025 de Ministerio de Justicia. Aprueba el Reglamento de la Ley 175 “Del Notariado”. Gaceta Oficial No. 62 Ordinaria de 2025.
  • Resolución 4 de 2023 de Ministerio de Justicia. Autoriza el cobro del sello en efectivo o electrónico del valor del impuesto sobre documentos públicos para la prestación de servicios de legalización de documentos que realizan las sociedades civiles de servicios jurídicos “Servicios Legales, S.A”, “Consultoría Jurídica Internacional, S.A.”, el “Bufete Internacional, S.A.”, “Consultores y Abogados Internacionales”; “TRANSCONSUL S.A.”, la Sociedad Civil de Servicios Especializados de Agentes de Propiedad Industrial, en forma abreviada “LEX S.A.”, y la Sociedad Anónima Consultores de Propiedad Intelectual, en forma abreviada “CLAIM”. Gaceta Oficial No. 4 Extraordinaria de 2023.
  • Acuerdo 10035 de 2024 de Consejo de Ministros. Modifica el apartado Sexto del Acuerdo 7538 del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2014. En el que se acuerda que las entidades de servicios jurídicos autorizadas presentan la solicitud de legalización de los documentos docentes ante el Ministerio de Justicia.” Gaceta Oficial No. 3 Extraordinaria de 2025.
  • Resolución 486 de 2025 de Ministerio de Justicia. Actualiza las tarifas para el cobro de los servicios jurídicos y sus modalidades, que se prestan a personas naturales extranjeras y cubanas residentes en el exterior. Deroga la Resolución 171 de 2022 de Ministerio de Justicia. Gaceta Oficial No. 95 Extraordinaria de 2025.

Referencia

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