El cambio de dirección en la licencia de conducción en Cuba es el trámite mediante el cual su titular solicita la actualización del domicilio asociado a su licencia y a su expediente como conductor, después de haber formalizado oficialmente un cambio de residencia.
Esta gestión no supone la obtención de una licencia por primera vez, la incorporación de una nueva categoría ni la ampliación de su período de validez. Tampoco debe confundirse con el duplicado de la licencia de conducción, que corresponde a los casos de pérdida o deterioro, ni con la renovación, que se realiza por vencimiento.
La Ley No. 113 «Del Sistema Tributario» reconoce el cambio de dirección como una solicitud independiente dentro de los trámites de licencia de conducción y establece un importe específico para realizarla.
Según el procedimiento aplicado por la oficina, la gestión puede comprender la actualización del domicilio en el expediente del conductor y, cuando corresponda, la expedición del documento con los datos actualizados.
IMPORTANTE: Antes de solicitar este trámite, la nueva dirección debe encontrarse oficialmente acreditada en el documento de identidad del titular. Si la licencia también está vencida, deteriorada o extraviada, debe consultarse en la oficina de Licencia de Conducción cuál de los trámites corresponde realizar y si las modificaciones pueden gestionarse conjuntamente.
Requisitos
Requisitos para solicitar el cambio de dirección asociado a la licencia de conducción en Cuba
El titular debe presentar:
- Documento de identidad vigente, en el que conste la nueva dirección de residencia.
- Las personas naturales cubanas residentes permanentes deben presentar su carné de identidad.
- Las personas que no posean residencia permanente deben presentar el pasaporte, documento de identidad o documento migratorio que corresponda, junto con la documentación mediante la cual pueda acreditarse la nueva dirección.
- Licencia de conducción original, cuyos datos asociados se solicitan actualizar.
- Si la licencia se ha extraviado, además del cambio de dirección debe solicitarse el duplicado correspondiente y acreditar el pago de ambos conceptos.
- Dos fotografías de 1 × 1 pulgada.
- Constancia del pago del Impuesto sobre Documentos, por el importe correspondiente al cambio de dirección.
- Cualquier otro documento que solicite la oficina de Licencia de Conducción para comprobar el domicilio o los datos que constan en el expediente del conductor.
Si la licencia está vencida, deteriorada o extraviada
El cambio de dirección constituye una solicitud diferente de la renovación y del duplicado. Cuando coincida con alguna de estas situaciones, el titular debe comunicar todas las circunstancias a la oficina de Licencia de Conducción para que las modificaciones sean tramitadas conjuntamente en una misma gestión administrativa.
Según corresponda:
- Si la licencia está vencida, debe solicitarse simultáneamente la renovación y el cambio de dirección.
- Si está deteriorada, debe solicitarse el duplicado por deterioro junto con el cambio de dirección y entregarse la licencia anterior.
- Si se ha extraviado, debe solicitarse el duplicado por extravío junto con el cambio de dirección.
IMPORTANTE: Antes de adquirir los sellos del timbre, se recomienda informar a la oficina de todas las circunstancias concurrentes y confirmar los importes que deben pagarse. Si la licencia está simultáneamente vencida y extraviada o deteriorada, la oficina debe determinar si corresponde tramitar la renovación con el cambio de dirección o si resulta aplicable también otro concepto.
Pasos
Pasos para solicitar el cambio de dirección en la licencia de conducción
Paso 1: Actualizar la dirección en el documento de identidad
Antes de acudir al órgano de Licencia de Conducción, el titular debe haber formalizado el cambio de domicilio ante la oficina de identificación correspondiente.
La nueva dirección debe constar en el documento de identidad o estar acreditada mediante el documento expedido por la autoridad competente.
Paso 2: Determinar si corresponde realizar otro trámite sobre la licencia
El titular debe comprobar el estado y la vigencia de su licencia de conducción:
- Si está vigente y en buen estado, corresponde solicitar solamente el cambio de dirección.
- Si está vencida, deben tramitarse conjuntamente la renovación y el cambio de dirección.
- Si está deteriorada, deben solicitarse el duplicado por deterioro y el cambio de dirección.
- Si se ha extraviado, deben solicitarse el duplicado por extravío y el cambio de dirección.
Paso 3: Pagar el Impuesto sobre Documentos
Debe abonarse el importe correspondiente al cambio de dirección mediante:
- Sellos del timbre;
- Su valor equivalente a través de los canales electrónicos de pago; u
- Otra forma de pago legalmente autorizada.
Si junto con el cambio de dirección se solicita la renovación o un duplicado, deben abonarse también los importes correspondientes a esos conceptos.
Si el pago se realiza electrónicamente, debe conservarse el comprobante.
Paso 4: Presentar la solicitud
El titular debe acudir a la oficina del órgano de Licencia de Conducción correspondiente a su nueva dirección y presentar los documentos indicados en el apartado Requisitos.
El funcionario comprobará la identidad del solicitante, la nueva dirección, el estado de la licencia y los datos contenidos en su expediente como conductor.
Cuando el cambio de domicilio se produzca entre provincias o municipios, la oficina determinará si resulta necesario comprobar o trasladar información del expediente del conductor.
Paso 5: Entregar la licencia anterior y recibir el documento actualizado
Cuando la oficina expida una licencia con los datos actualizados, el titular debe entregar la licencia anterior, si la conserva y así se le requiere.
Si la gestión comprende además una renovación o un duplicado por deterioro, la licencia anterior queda invalidada y es ocupada por el funcionario actuante, conforme al artículo 295 de la Ley No. 109 «Código de Seguridad Vial».
La oficina informará al solicitante si corresponde expedir otra licencia y la fecha y forma de entrega del documento actualizado.
Costos
El cambio de dirección en la licencia de conducción está sujeto al pago del Impuesto sobre Documentos
La Ley No. 113 establece los importes mediante dos grupos de contribuyentes:
Grupo 1: Personas naturales residentes permanentes en Cuba; entidades estatales; sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano; usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; cooperativas agropecuarias y no agropecuarias; organizaciones y asociaciones.
Grupo 2: Personas naturales que no posean residencia permanente en Cuba, y sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional.
| Solicitud | Grupo 1 | Grupo 2 |
| Cambio de dirección en la licencia de conducción | 5 CUP | 125 CUP |
El importe puede pagarse mediante:
- Sellos del timbre;
- Su valor equivalente a través de los canales electrónicos habilitados; u
- Otra modalidad legalmente autorizada.
Si el pago se realiza electrónicamente, debe conservarse el comprobante.
IMPORTANTE: Si la licencia también está vencida, deteriorada o extraviada, deben abonarse, además, los impuestos sobre documentos correspondientes a la renovación o al duplicado, según proceda. Consulte los importes y requisitos en el trámite correspondiente.
ACLARACIÓN: Para las personas naturales que soliciten este trámite, el importe aplicable se determina por su condición de residencia permanente en Cuba, con independencia de la entidad estatal, sociedad mercantil, cooperativa, organización u otra entidad para la que trabajen.
Dónde
Presencial, ante la oficina de Licencia de Conducción del Ministerio del Interior que corresponda al domicilio actual del titular.
IMPORTANTE: No debe confundirse la oficina de Licencia de Conducción con las oficinas del Registro de Vehículos.
Tiempos de resolución
Las disposiciones públicas consultadas no establecen un plazo específico para resolver el cambio de dirección en la licencia de conducción.
El tiempo dependerá de:
- La comprobación de los datos de identidad y domicilio.
- La actualización del expediente del conductor.
- La necesidad de trasladar el expediente desde otra oficina o provincia.
- La disponibilidad de materiales para la confección del documento.
- El procedimiento organizativo establecido por la oficina correspondiente.
La fecha de entrega debe ser informada al interesado al presentar la solicitud.
Preguntas frecuentes
1.- ¿El cambio de dirección es lo mismo que renovar la licencia de conducción?
No. La renovación corresponde al vencimiento de la licencia y permite ampliar su período de validez. El cambio de dirección tiene como finalidad actualizar el domicilio asociado al titular y a su expediente como conductor.
La Ley 113 los identifica como trámites diferentes y establece un importe específico para cada uno.
2.- ¿El cambio de dirección es un duplicado de la licencia de conducción en Cuba?
No. El duplicado procede cuando la licencia se ha extraviado o se encuentra deteriorada. El cambio de dirección responde a la modificación del domicilio del titular.
Si coinciden varias circunstancias, por ejemplo, cambio de dirección y deterioro de la licencia, debe consultarse en la oficina si corresponde presentar ambos trámites de conjunto.
3.- ¿Debo cambiar primero la dirección en el carné de identidad?
Sí. La nueva dirección debe encontrarse oficialmente acreditada antes de solicitar su actualización en el expediente de Licencia de Conducción.
El cambio de domicilio en el carné de identidad y el cambio de dirección asociado a la licencia de conducción son trámites diferentes y están gravados de manera independiente.
4.- ¿Hay que realizar nuevamente los exámenes médico, teórico o práctico?
Por el cambio de dirección, no. Este trámite consiste en actualizar los datos asociados a la licencia y al expediente del conductor.
Sin embargo, si se realiza conjuntamente con una renovación u otro procedimiento, deben cumplirse los requisitos específicos exigidos para ese trámite.
5.- ¿El cambio de dirección modifica las categorías autorizadas?
No. El trámite no añade ni elimina categorías o subcategorías de conducción. Las autorizaciones que posee el titular deben mantenerse, salvo que exista otra causa administrativa, médica o judicial que determine su modificación, suspensión o cancelación.
6.- ¿El cambio de dirección amplía la vigencia de la licencia?
No. La actualización del domicilio no debe modificar por sí sola la fecha de vencimiento de la licencia.
Si el documento está próximo a vencer, se recomienda consultar si resulta más adecuado realizar directamente la renovación incorporando la nueva dirección.
7.- ¿El importe se paga por cada categoría de la licencia?
No. En el Anexo 4 de la Ley No. 113, las tarifas correspondientes a la solicitud inicial, la renovación y el duplicado se establecen expresamente «por cada clase de licencia». Esa indicación no aparece en el concepto de cambio de dirección, que figura como una solicitud única.
Por tanto, corresponde abonar 5 CUP para el Grupo 1 o 125 CUP para el Grupo 2, con independencia de las categorías consignadas en el documento.
8.- ¿Qué ocurre si la dirección cambia de una provincia a otra?
El titular debe acudir o consultar en la oficina de Licencia de Conducción correspondiente a su nuevo domicilio.
Cuando el traslado se produce entre provincias, puede ser necesario comprobar o transferir los datos contenidos en el expediente del conductor. La oficina indicará si la gestión puede resolverse directamente o requiere alguna coordinación adicional.
9.- ¿Es necesario solicitar el cambio si la licencia no muestra visiblemente la dirección?
La existencia de un trámite específico de cambio de dirección indica que el domicilio forma parte de los datos asociados a la licencia o al expediente administrativo del conductor, aunque el formato del documento que posea el titular no lo muestre de manera visible.
La actualización permite mantener la correspondencia entre los datos de identidad, el domicilio oficial y el expediente de Licencia de Conducción.
10.- ¿Se puede solicitar el cambio de dirección por internet?
En las fuentes y sitios oficiales consultados no se identifica actualmente un servicio en línea específico para solicitar el cambio de dirección asociado a la licencia de conducción.
Por esta razón, debe consultarse o realizarse presencialmente en la oficina de Licencia de Conducción correspondiente.
11.- ¿Puede otra persona solicitar el cambio en nombre del titular?
Las disposiciones públicas consultadas no precisan si este trámite admite representación voluntaria o legal.
Como requiere comprobar la identidad, el domicilio y los datos asociados a la licencia de conducción, debe confirmarse previamente con la oficina si resulta indispensable la presencia del titular o si puede actuar un representante debidamente acreditado mediante un poder notarial.
12.- ¿Dónde se puede obtener más información sobre el cambio de dirección de la licencia de conducción?
Para solicitar información sobre la licencia de conducción, la puntuación acumulada por infracciones, los trámites relacionados y los teléfonos o direcciones de las oficinas correspondientes, puede llamar al número 18806.
También puede consultar:
- El sitio web del Ministerio del Interior.
- La oficina de Licencia de Conducción del Ministerio del Interior correspondiente a su municipio o territorio.
Antes de acudir personalmente, se recomienda confirmar el horario de atención, la disponibilidad del servicio y si es necesario reservar turno.
IMPORTANTE: El número 18806 es un servicio de información y no debe utilizarse para comunicar emergencias. Su funcionamiento y alcance pueden estar sujetos a disponibilidad.
Fundamento Legal
- Ley No. 109 de 2010 «Código de Seguridad Vial». La Ley define la licencia de conducción como el documento que acredita que su titular está autorizado para conducir las categorías que en ella se señalan. También establece que corresponde al Ministerio del Interior expedir, renovar, suspender o cancelar las licencias de conducción y que las categorías o subcategorías autorizadas se consignan en un documento único. Publicada en la Gaceta Oficial No. 40 Ordinaria de 2010. Esta Ley fue modificada y cuenta con una versión anotada y concordada, publicada en la Gaceta Oficial No. 10 Edición Especial de 2026.
- Ley No. 113 de 2012 «Del Sistema Tributario», con sus modificaciones. Regula el Impuesto sobre Documentos aplicable a la expedición y otros trámites relacionados con la licencia de conducción. Los artículos 216 al 219 regulan el Impuesto sobre Documentos. El numeral 7, inciso d), del Anexo 4 establece el importe correspondiente al cambio de dirección en la licencia de conducción. Publicada en la Gaceta Oficial No. 53 Ordinaria de 2012 y actualizada mediante su versión anotada y concordada en la Gaceta Oficial No. 1 Edición Especial de 2026.
- Decreto-Ley No. 21 «Modificativo de la Ley 113 “Del Sistema Tributario”», de 24 de noviembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria, de 10 de diciembre de 2020; edición anotada y concordada publicada en la Gaceta Oficial No. 1 Edición Especial, de 12 de enero de 2026.
Referencia
Los contenidos publicados en Cubatrámite ofrecen información útil sobre trámites, pero no constituyen un asesoramiento legal. En caso de dudas específicas, siempre se recomienda acudir a un abogado o consultar directamente los canales oficiales de la entidad correspondiente.
Antes de tomar esta guía como referencia, consulta la fecha de actualización que aparece al inicio. Los requisitos, procedimientos y tarifas pueden cambiar. Reviso y actualizo los contenidos de forma progresiva, por lo que algunas novedades normativas pueden estar pendientes de incorporación. Si hay cambios posteriores a la fecha indicada o tienes dudas sobre la vigencia de alguna información, confírmala con la entidad correspondiente antes de realizar la gestión.