Publicado inicialmente el 25/02/2021 por CubaTrámite
La pesca deportiva consiste en la captura de organismos acuáticos con fines competitivos, la cual puede ser ejecutada por personas naturales representadas por personas jurídicas, nacionales o extranjeras.
La licencia de pesca deportiva solo se otorga cuando se desarrollen eventos deportivos oficiales, realizados desde el litoral, la orilla de las aguas marítimas, fluviales y lacustres, así como desde buques, embarcaciones y artefactos navales.
Las licencias de pesca deportiva se clasifican en:
- Licencia de pesca deportiva desde embarcaciones en aguas marítimas o embalses.
- Licencia de pesca deportiva, desde la orilla, en embalses.
Paso 1: Solicitud de permiso para la realización de un evento de pesca deportiva
Requisitos
El permiso para la realización de eventos de pesca deportiva debe tramitarse por las personas jurídicas nacionales o extranjeras que organizan eventos, vinculados con esta actividad, presentando sus documentos acreditativos con la siguiente información:
- Nombre de la entidad solicitante.
- Dirección de la entidad.
- Tipo de evento.
- Límites de la zona donde se prevé realizar la competencia.
- Número de embarcaciones inscriptas.
- Número de participantes.
- Modalidad de pesca.
- Especies a capturar.
- Tiempo de duración del evento.
- Destino de las capturas cuando la modalidad del evento no sea “captura y suelta”.
Dónde presentar el trámite
Para la realización de eventos de pesca deportiva, la solicitud debe presentarse ante la dirección encargada de las regulaciones pesqueras, autoridad facultada por el Ministerio de la Industria Alimentaria.
Tiempos de resolución
El trámite de solicitud del permiso para la realización de un evento de pesca deportiva se realiza con: tres (3) meses de antelación.
Paso 2: Solicitud de la licencia para la pesca deportiva para la participación de las embarcaciones en el evento
Requisitos
Para obtener la licencia de pesca deportiva es requisito indispensable no tener antecedentes de violaciones del régimen de pesca en un término de 5 años anteriores a la fecha de solicitud.
- Solicitud por escrito, con la siguiente información:
- Datos de identificación del solicitante.
- Nombre, puerto de matrícula, número de folio y lista de registro de cada embarcación.
- Base náutica (denominación y dirección).
- Certificado de navegabilidad de cada embarcación participante actualizado o permiso especial de navegación otorgado por la Capitanía del Puerto para los extranjeros.
- Cantidad de plazas por embarcación estipuladas en el certificado de navegabilidad.
- Dimensiones de las embarcaciones.
- Medio de propulsión (motor, vela, remos).
- Características del motor (tipo de combustible que utiliza, potencia).
- Área(s) de pesca.
- Copia del permiso emitido por la dirección encargada de regulaciones pesqueras del Ministerio de la Industria Alimentaria donde se relacionen los datos solicitados para su otorgamiento.
- Certificación actualizada de no adeudo fiscal del solicitante para los nacionales y extranjeros residentes permanentes.
- Certificación de pago de impuesto por la propiedad de la embarcación para los nacionales y los extranjeros residentes permanentes.
Costos
Para las licencias de pesca deportiva en aguas marítimas
- $100.00 pesos cubanos por cada plaza, para la licencia de pesca deportiva a pesca a cordel y anzuelo desde embarcaciones, para los cubanos y extranjeros residentes permanentes.
- $1200.00 pesos cubanos por cada plaza, para la licencia de pesca deportiva a pesca a cordel y anzuelo desde embarcaciones, para los extranjeros residentes temporales.
Para las licencias de pesca deportiva en acuatorios artificiales dulce-acuícolas
- $100.00 pesos cubanos por cada plaza prevista en el Certificado de Navegabilidad, para la licencia de pesca deportiva desde embarcaciones, para los nacionales y extranjeros residentes permanentes.
- $1200.00 pesos cubanos por cada plaza, para la licencia de pesca deportiva desde embarcaciones para los extranjeros residentes temporales.
- $50.00 pesos cubanos por cada plaza prevista en el Certificado de Navegabilidad, para la licencia de pesca deportiva desde la orilla, para los nacionales y extranjeros residentes permanentes.
- $600.00 pesos cubanos por cada plaza, para la licencia de pesca deportiva desde la orilla, para los extranjeros residentes temporales.
Dónde presentar el trámite
La solicitud de la licencia para la pesca deportiva desde embarcaciones para la participación en el evento (previa solicitud de la organización del evento de pesca deportiva), por parte de las entidades nacionales o extranjeras organizadoras, se tramita ante las direcciones provinciales correspondientes de la Oficina Nacional de Inspección Estatal del Ministerio de la Industria Alimentaria o la del municipio especial Isla de la Juventud.
La dirección provincial correspondiente de la Oficina Nacional de Inspección Estatal de este Ministerio o la del municipio especial Isla de la Juventud es la encargada del registro y cobro de las tarifas de las licencias de pesca deportiva.
Horarios de atención
Horario laboral.
Tiempos de resolución
El trámite de solicitud de las licencias de pesca deportiva para los participantes se realiza una vez que la solicitud de organización del evento de pesca deportiva ha sido aprobado.
Preguntas frecuentes
1.- ¿Qué artes de pesca están permitidos utilizar en los eventos de pesca deportiva en Cuba?
En los eventos de pesca deportiva que se practiquen en las aguas marítimas, fluviales y lacustres solo se utilizan como artes o avíos, el carrete, la vara, el cordel y el anzuelo.
El uso de la atarraya se autoriza exclusivamente en aguas marítimas y con el único fin de obtener carnada.
2.- ¿Qué artes de pesca están prohibidos en los eventos de pesca deportiva en Cuba?
En los eventos de pesca deportiva en Cuba se prohíbe la utilización de nasas, palangres, redes de enmalle, tranques, chinchorros u otros artes de pesca masivos, así como el uso de sustancias químicas y explosivos.
3.- El Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (INDER), ¿tiene alguna participación en los eventos de pesca deportiva?
Sí. El Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (INDER), junto al Ministerio de Turismo, coordinan con el Ministerio de la Industria Alimentaria, como organismo rector de la actividad de pesca, las actividades de apoyo que se realizan para su desarrollo.
Además, el Presidente del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física, y Recreación, conjuntamente con el Ministro de la Industria Alimentaria, establecen las regulaciones en cuanto a especies a capturar, cantidades permisibles de cada una de ellas u otras destinadas a la protección y administración racional de los recursos pesqueros.
4.- ¿Se puede comercializar el producto resultante de la pesca en el evento deportivo?
No. El producto de la pesca deportiva se destina fundamentalmente al consumo personal o familiar y no puede utilizarse con fines de lucro.
5.- ¿Qué sanción se le aplica a quien cometa alguna infracción durante el evento de pesca deportiva?
A la embarcación participante en el evento organizado, que cometa alguna infracción o violación del régimen de pesca, además de aplicársele la sanción de multa correspondiente, se le sanciona con la prohibición de continuar en la competición.
6.- ¿Cuáles son los embalses en Cuba donde pueden practicarse eventos de pesca deportiva?
Los embalses en Cuba donde pueden practicarse la pesca deportiva son los siguientes:
| PROVINCIA | EMBALSE | MUNICIPIO |
| Pinar del Río | Los Palacios | Los Palacios |
| Herradura | Consolación del Sur | |
| Paso Viejo(Carretera de Viñales) | Pinar del Río | |
| El Bagazal | Guane | |
| Complejo Cuyaguateje | Sandino | |
| Los Indios | Sandino | |
| Jobero | Sandino | |
| Laguna Grande | Sandino | |
| Artemisa | Bacunagua | San Cristóbal |
| La Paila | San Cristóbal | |
| Corojal | Artemisa | |
| Abonera | Artemisa | |
| Pinillo | Guanajay | |
| La Coronela | Caimito | |
| Baracoa | Bauta | |
| Maurín | Bauta | |
| Mayabeque | Aguas Claras | Bejucal |
| Pedroso | San José de las Lajas | |
| Majana | Jaruco | |
| Jaruco | Jaruco | |
| Canasí | Santa Cruz del Norte | |
| Bayamo | Quivicán | |
| Valle Elena | Nueva Paz | |
| Isla de la Juventud | Mal País I | Isla de la Juventud |
| Mal País II | Isla de la Juventud | |
| La Guanábana | Isla de la Juventud | |
| La Fé | Isla de la Juventud | |
| La Habana | La Palma | Guanabacoa |
| La Coca | Guanabacoa | |
| Villa Clara | Santa Clara | Santa Clara |
| Hanabanilla | Manicaragua | |
| Palmarito | Santa Clara | |
| Palma Sola | Corralillo | |
| Cienfuegos | Voladora | Rodas |
| Galindo | Abreús | |
| Sancti Spíritus | Lebrije | Jatibonico |
| La Felicidad | Jatibonico | |
| La Dignorah | Jatibonico | |
| Siguaney | Taguasco | |
| Manaquita | Cabaiguán | |
| Ciego de Ávila | Las Cuevas | Ciro Redondo |
| Camagüey | Máximo | Sierra Cubitas |
| La Mañana de Santa Ana | Camagüey | |
| Porvenir | Esmeralda | |
| Najasa | Najasa | |
| La Jía | Vertientes | |
| Las Tunas | Playuela | Majibacoa |
| El 18 | Majibacoa | |
| Holguín | Guirabo | Cacocum |
| Embalse Colorado | ||
| Bio Paso | ||
| Gibara | Gibara | |
| Granma | Pedregales | Bayamo |
| El Corojo | Guisa | |
| Santiago de Cuba | Gilbert | Santiago de Cuba |
Además, estarán disponibles para la pesca deportiva los embalses de interés estatal destinados a la producción acuícola para el comercio y la pesca de autoconsumo, ya sea desde embarcaciones o desde la orilla, siempre que se haya tramitado el permiso para la realización del evento y que se cuente con la correspondiente licencia para dicha modalidad.
En estos embalses se contempla como única especie a capturar Micropterus salmoides, comúnmente conocida por «trucha».
7.- ¿Cuáles son las áreas marítimas en que pueden practicarse eventos de pesca deportiva?
La pesca deportiva podrá ser practicada en las áreas de aguas marítimas, comprendidas entre los siguientes tramos del litoral:
- Desde Punta Gobernadora (Latitud 23°00’08,12” y Longitud 83°13’20,49”) hasta la Punta de la Península de Hicacos (Latitud 23°08’30,36” y Longitud 81°19’02,19”).
- Desde la Punta de Prácticos (Latitud 21°37’08,32” y Longitud 77°05’12,10”) hasta la Punta de Maisí (Latitud 20°14’40,16” y Longitud 74°08’30,76”).
- Desde la Punta de Maisí (Latitud 20°14’40,16” y Longitud 74°08’30,76”) hasta Cabo Cruz (Latitud 19°49’59,85” y Longitud 77°43’18,41”).
- Desde el Cabo de San Antonio (Latitud 21°52’06,07” y Longitud 84°57’34,53”) hasta el Cabo Francés (Latitud 21°54’14,38” y Longitud 84°00’45,83”).
- Desde Playa Girón (Latitud 22°03’44,42” y Longitud 81°02’04,61”) hasta la Punta de María Aguilar (Latitud 21°43’58,51” y Longitud 80°01’14,73”).
Fundamento Legal
- Ley 129 de 2019 de Asamblea Nacional del Poder Popular. LEY DE PESCA. Establece las regulaciones para el adecuado ordenamiento, administración y control de la pesca, en función de la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos en las aguas marítimas, fluviales y lacustres de la República de Cuba, con el fin de contribuir a la soberanía alimentaria de la nación. (Gaceta Oficial No. 11 Ordinaria de 2020).
- Resolución 18 de 2020 de Ministerio de la Industria Alimentaria. Procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones de pesca en la República de Cuba. (Gaceta Oficial No. 11 Ordinaria de 2020).
- Resolución 20 de 2020 de Ministerio de la Industria Alimentaria. Declara los embalses en los que puede practicarse la pesca deportiva y la pesca recreativa. (Gaceta Oficial No. 11 Ordinaria de 2020).
- Resolución 132 de 2020 de Ministerio de la Industria Alimentaria. Modifica la Resolución 18 de fecha 27 de enero de 2020 sobre las tarifas para las diferentes autorizaciones de pesca. (Gaceta Oficial No. 78 Extraordinaria de 2020).
Referencia
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