Licenciamiento del Servicio Militar Activo en Cuba

Los ciudadanos cubanos del sexo masculino están obligados al cumplimiento del Servicio Militar Activo a partir de que hayan cumplido los 18 años de edad.

Una vez concluido el período correspondiente al Servicio Militar Activo (SMA), obtienen de sus respectivos jefes de unidad el certificado de cumplimiento, para que posteriormente se les acredite su licenciamiento del Servicio Militar Activo y causar alta en el registro militar como reservistas o ser excluidos del mismo.


Requisitos

Para solicitar el licenciamiento del Servicio Militar Activo se debe presentar:

  1. Carné de identidad del solicitante.
  2. Certificado de cumplimiento del Servicio Militar Activo.

Dónde

  • Certificado de cumplimiento del SMA: en la unidad militar, al concluir el periodo correspondiente.
  • Licenciamiento del SMA: en la oficina del Comité Militar Municipal para formalizar su situación en el Registro Militar, que corresponda a su lugar de residencia.

Horarios de atención

Horario laboral de los Comité Militar Municipal.


Tiempos de resolución

  • Certificado de cumplimiento del SMA: la entrega es inmediata.
  • Licenciamiento del SMA: al concluir la prestación del Servicio Militar Activo, los ciudadanos deberán presentarse en el órgano de registro militar de su lugar de residencia en un plazo de 15 días naturales para hacer efectivo el licenciamiento.

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuál es el periodo de cumplimiento del Servicio Militar Activo en Cuba?

Un período de 2 años, preferentemente entre los 18 años y hasta que se cumpla la edad de 28 años.

2.- ¿Quiénes son considerados pre-reclutas?

Se consideran pre-reclutas los ciudadanos del sexo masculino desde el momento de su inscripción en el registro militar y hasta el 31 de diciembre del año en que arriben a los 28 años, siempre que no se encuentren prestando el SMA, no hayan sido pasados a la reserva ni excluidos del registro militar.

3.- ¿Quiénes son considerados reservistas?

Son reservistas los inscritos en el registro militar una vez que han cumplido con el SMA.

Al cumplir su plazo de Servicio Militar Activo y pasar al Servicio Militar de Reserva, el ciudadano lo hará con el grado militar que posee.

4.- ¿Existe un tiempo máximo para el cumplimiento del SMA?

Sí. No podrá exceder de 3 años, contabilizando tanto el periodo en que es llamado al SMA como el que se realiza al movilizarse para la preparación. Ambos periodos se complementan y conforman el plazo total de prestación en tiempo de paz.

5.- ¿Cuándo se realiza la inscripción al Servicio Militar Activo?

Se realiza en el año en que se cumplen los 16 años de edad. La incorporación a las filas del SMA es a partir de que se concluya la enseñanza media superior, generalmente en el año en que se cumplen los 18 años.

6.- ¿Quiénes se consideran licenciados del Servicio Militar Activo?

Se consideran licenciados en los casos siguientes:

  • Por cumplimiento del plazo de servicio, establecido por el que fuera llamado
  • Por enfermedad, declarado no apto por comisiones médicas militares.
  • Por problemas familiares graves, a propuesta de las comisiones de reclutamiento provinciales y decisión de jefes facultados por el MINFAR.
  • Por estímulo, a quienes cumplen ejemplarmente el SMA, por decisión del Ministro de las FAR.
  • Por pasar a formas alternativas para el cómputo del plazo, aprobadas por el MINFAR.
  • Por decisión del Ministro de las FAR cuando existan razones que lo aconsejen.
  • Por solicitud propia (solo servicio militar voluntario femenino), con causas debidamente argumentadas.
  • Por sanción judicial, en caso de privación de libertad por más de 2 años o cumplimiento en establecimiento penitenciario.

7.- ¿Existen exenciones para no incorporarse al SMA?

Sí. Las comisiones de reclutamiento provinciales pueden eximir de la obligación, basándose en dictamen de comisiones médicas.

Además, las comisiones municipales eximen a quienes presenten defectos físicos o mentales evidentes.

8.- ¿Puede viajar al exterior un ciudadano cubano en edad de cumplimiento del SMA?

No. El Decreto-Ley 302 de 2013 (que modificó la Ley de Migración) establece que no podrán viajar al exterior ni solicitar pasaporte quienes:

  • Se encuentren sujetos al cumplimiento de disposiciones sobre el SMA.
  • Cuando razones de Defensa y Seguridad Nacional así lo aconsejen.

9.- ¿Existen garantías laborales o de estudio para los licenciados del SMA?

Sí. Al obtener el licenciamiento, los órganos estatales, entidades económicas e instituciones sociales deben asegurar empleo, estudio, capacitación u otras tareas, priorizando a quienes sean recomendados por sus méritos durante el SMA, y garantizando ubicación laboral de los que lo prestaron como profesionales.

10.- ¿Existen sanciones por incumplimiento del SMA y de Reserva?

Sí. Se establecen contravenciones a:

  • Los ciudadanos cubanos que deben cumplir el servicio militar.
  • Personas jurídicas o naturales mayores de 16 años que impidan, inciten, obstaculicen o ayuden a evadir el SMA.

Las sanciones consisten en multas y la obligación de hacer.

11.- ¿Cuáles son las sanciones por contravenciones a las obligaciones del SMA?

IncumplimientoMulta (CUP)Obligación adicional
No inscribirse en el Registro Militar a los 16 años en el plazo establecido2500 – 5000Inscripción inmediata
No presentarse cuando sea citado por el Comité Militar5000 – 7000Presentación inmediata
Incumplir actividades de preparación para el SMA5000 – 7000Cumplir preparación
No comunicar cambios de identidad, domicilio, trabajo o estudios al Comité Militar2500 – 5000Actualización inmediata
No presentarse al licenciamiento en el plazo indicado2500 – 5000Presentación inmediata
No asistir a actividades de defensa en tiempo de paz o situaciones excepcionales siendo citado (SMA Reserva)5000 – 7000Participación inmediata
Impedir, incitar u obstaculizar el cumplimiento de deberes ciudadanos en defensa de la patria5000 – 7000Cesar la conducta infractora

IMPORTANTE: Los padres o tutores responden por las contravenciones cometidas por menores de edad cuando estos no sean trabajadores ni estén vinculados al sistema de enseñanza.

12.- ¿Se podrá pagar la multa y no cumplir la obligación de hacer?

No. De hacerlo, la autoridad facultada formula la correspondiente denuncia para iniciar un proceso penal, con aplicación del Código Penal.

13.- ¿Dónde contactar con el MINFAR?

  • Dirección: Avenida Independencia e/ General Suárez y 20 de mayo, Edificio Sierra Maestra. Municipio Plaza de la Revolución. La Habana, Cuba.
  • Atención a la población: [email protected]
  • Web: https://minfar.gob.cu/

Consejos prácticos

  • Preséntate en tiempo: El licenciamiento debe tramitarse en un plazo de 15 días naturales en el órgano de registro militar de tu lugar de residencia.
  • Evita contravenciones y sanciones: No presentarte en el plazo establecido puede considerarse una contravención, sancionada con multas de 2500 a 5000 pesos cubanos y la obligación inmediata de formalizar el licenciamiento.
  • Conserva el documento de licenciamiento: Este certificado será requerido para acreditar tu condición de reservista o para justificar exenciones en trámites posteriores, así como para viajar al exterior.

Fundamento Legal


Referencia

MINFAR

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