Publicado inicialmente el 03/01/2020 por CubaTrámite
Las autorizaciones excepcionales de asignación del Servicio Telefónico Básico en el sector residencial a personas naturales cubanas se otorgan en aquellos casos que obedecen al interés del Gobierno, debido a las funciones que estas realicen y a los grupos de población que requieren atención especial, entre los que se encuentran personas con discapacidad y casos sociales debidamente fundamentados, según queda regulado en la Resolución No. 251 del 2013.
Estas autorizaciones excepcionales son atendidas dentro del quince por ciento (15%) que ETECSA reserva del cien por ciento (100%) de las disponibilidades por cada central telefónica.
Por la limitada disponibilidad se determina la asignación de las solicitudes cuando correspondan a casos de extrema necesidad.
Requisitos
Para solicitar autorización excepcional para un funcionario del gobierno, un caso social o una persona con discapacidad, la solicitud debe contener los siguientes datos:
- Fundamentación de extrema necesidad.
- Nombre(s) y apellidos del beneficiario: funcionario del gobierno o persona que merece especial atención o persona con discapacidad.
- Número del documento de identidad personal.
- Dirección particular.
Estos trámites se realizan a través de los organismos facultados para hacer las solicitudes. Ver la sección “Dónde presentar el trámite”.
Costos
No tiene costo.
Dónde presentar el trámite
En el caso de los funcionarios de empresas e instituciones provinciales, el Director de la organización debe hacer la solicitud al Presidente del Consejo de Administración Provincial del Poder Popular (CAP).
Las personas que merecen atención especial deben dirigir su solicitud bien fundamentada al Presidente del Consejo de Administración Provincial del Poder Popular.
En el caso de una persona con discapacidad que pertenezca a determinada Asociación, la solicitud debe estar dirigida al organismo que atiende dicha Asociación.
Las solicitudes de autorizaciones excepcionales de funcionarios, firmadas por el máximo representante de un Órgano u Organismo de la Administración Central del Estado, serán remitidas directamente al Presidente Ejecutivo de ETECSA.
Horarios de atención
De lunes a viernes en horario laboral, según la entidad, asociación u organismo al que el interesado deba presentar la solicitud.
Tiempos de resolución
En un tiempo no mayor de 60 días ETECSA comunicará la respuesta al solicitante a través del organismo facultado para presentar la solicitud.
Más información
Preguntas frecuentes
1.- ¿Qué aspectos evalúa ETECSA para autorizar los casos excepcionales?
- Que la solicitud esté firmada por funcionarios facultados.
- Que existan facilidades técnicas disponibles en la zona de residencia de la persona en cuestión.
Si una de estas condiciones no se cumple, la solicitud se cancela sin constituir objeto de reclamación y no se establecen listas de espera ni demandas pendientes.
3.- ¿Quiénes son las entidades y funcionarios facultados para emitir las solicitudes de autorizaciones excepcionales?
Los Jefes de Órganos y Organismos de la Administración Central del Estado y los Presidentes de los Consejos de la Administración Provincial
4.- ¿Cuál es la vía para conocer las respuestas a las solicitudes tramitadas?
La aprobación o no de una autorización excepcional para la asignación e instalación del servicio telefónico básico, se envía al organismo que la solicitó, quien será el encargado de dar el aviso al beneficiario del servicio.
5.- ¿Dónde se puede realizar una reclamación por la no aprobación de las solicitudes de casos excepcionales?
No existen vías para realizar una reclamación para las solicitudes de casos excepcionales.
Si estas no son autorizadas, se cancelan y no quedan como demandas pendientes.
Fundamento Legal
- Resolución No. 11 del 21 de enero del 2013, del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, en la que se aprueban los lineamientos para la asignación del Servicio Telefónico Básico a la Población.
- Resolución No. 251 del 2013, del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
- Resolución 176/2019, del Ministerio de Comunicaciones, de 27 de septiembre de 2019.
Referencia
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