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title: "Subsidio a españoles retornados desde Cuba a la Comunidad de Madrid"
description: "Subsidio para emigrantes retornados en Madrid: requisitos, trámites, documentación, cuantía, plazos y ayudas complementarias para españoles que regresan desde Cuba."
url: https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/
date: 2025-09-04
modified: 2025-11-11
author: "CubaTrámite"
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categories: ["Trámites en el Exterior"]
tags: ["Ayudas económicas en España", "España", "Retorno a España"]
type: post
lang: es
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# Subsidio a españoles retornados desde Cuba a la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid la principal vía de apoyo **para emigrantes retornadas** es una **prestación estatal del Servicio Público de Empleo Estatal **(SEPE), aplicable a cualquier retornado con **Certificado de Emigrante Retornado **(CER), y se complementa con la Renta Mínima de Inserción (RMI), el Ingreso Mínimo  Vital (IMV) entre otros apoyos municipales y de ONG.

Sin embargo, **no existe una ayuda autonómica en dinero específica** para la persona emigrante retornada, como existe en otras comunidades.

Si **eres cubano con ciudadanía española** y decides establecerte en Madrid, estas son las opciones y pasos principales para acceder a las ayudas.

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ÍNDICE DEL CONTENIDO
[Toggle](#)

- [Requisitos](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Requisitos)
- [Requisitos para solicitar el subsidio de emigrante retornado](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Requisitos_para_solicitar_el_subsidio_de_emigrante_retornado)
- [Trámites previos a la solicitud del subsidio para emigrantes retornados](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Tramites_previos_a_la_solicitud_del_subsidio_para_emigrantes_retornados)
- [Documentación necesaria](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Documentacion_necesaria)
- [Dónde](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Donde)
  - [Inscripción como demandante de empleo](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Inscripcion_como_demandante_de_empleo)
  - [Subsidio por desempleo de emigrantes retornados](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Subsidio_por_desempleo_de_emigrantes_retornados)
- [Tiempos de resolución](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Tiempos_de_resolucion)
- [Preguntas frecuentes](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Preguntas_frecuentes)
  - [1.- ¿Existe una ayuda autonómica solo por ser retornado en Madrid?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#1-_%C2%BFExiste_una_ayuda_autonomica_solo_por_ser_retornado_en_Madrid)
  - [2.- ¿Qué otras ayudas puedo solicitar además del subsidio?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#2-_%C2%BFQue_otras_ayudas_puedo_solicitar_ademas_del_subsidio)
  - [3.- ¿Quiénes pueden solicitar el subsidio para emigrantes retornados en Madrid?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#3-_%C2%BFQuienes_pueden_solicitar_el_subsidio_para_emigrantes_retornados_en_Madrid)
  - [4.- ¿Qué documento acredita mi condición de retornado?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#4-_%C2%BFQue_documento_acredita_mi_condicion_de_retornado)
  - [5. ¿Cuál es el plazo máximo para pedir el subsidio?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#5_%C2%BFCual_es_el_plazo_maximo_para_pedir_el_subsidio)
  - [6.- ¿Cuánto dura el subsidio del SEPE?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#6-_%C2%BFCuanto_dura_el_subsidio_del_SEPE)
  - [7.- ¿Qué cuantía se percibe?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#7-_%C2%BFQue_cuantia_se_percibe)
  - [8.- ¿Cuándo se pagan las mensualidades?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#8-_%C2%BFCuando_se_pagan_las_mensualidades)
  - [9.- ¿Pierdo el derecho si consigo trabajo en España?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#9-_%C2%BFPierdo_el_derecho_si_consigo_trabajo_en_Espana)
  - [10.- ¿Puedo solicitar el subsidio si nunca trabajé en Cuba u otro país?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#10-_%C2%BFPuedo_solicitar_el_subsidio_si_nunca_trabaje_en_Cuba_u_otro_pais)
  - [11.- ¿Qué pasa si no gestiono la baja consular?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#11-_%C2%BFQue_pasa_si_no_gestiono_la_baja_consular)
  - [12.- ¿Debo adverar mis documentos laborales del extranjero?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#12-_%C2%BFDebo_adverar_mis_documentos_laborales_del_extranjero)
  - [13.- ¿Cuál es la diferencia entre subsidio estatal y ayudas autonómicas?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#13-_%C2%BFCual_es_la_diferencia_entre_subsidio_estatal_y_ayudas_autonomicas)
  - [14.- ¿Qué plazos hay para pedir ayudas autonómicas?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#14-_%C2%BFQue_plazos_hay_para_pedir_ayudas_autonomicas)
  - [15.- ¿Qué ingresos debo justificar?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#15-_%C2%BFQue_ingresos_debo_justificar)
  - [16.- ¿Qué se considera renta?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#16-_%C2%BFQue_se_considera_renta)
  - [17.- ¿Puedo pedir el subsidio si solo vuelvo un año a España?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#17-_%C2%BFPuedo_pedir_el_subsidio_si_solo_vuelvo_un_ano_a_Espana)
  - [18.- ¿Qué organismo tramita las ayudas en la Comunidad de Madrid?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#18-_%C2%BFQue_organismo_tramita_las_ayudas_en_la_Comunidad_de_Madrid)
  - [19. ¿Puedo pedir subsidio estatal y ayudas autonómicas a la vez?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#19_%C2%BFPuedo_pedir_subsidio_estatal_y_ayudas_autonomicas_a_la_vez)
  - [20. ¿Dónde obtener apoyo como retornado en Madrid?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#20_%C2%BFDonde_obtener_apoyo_como_retornado_en_Madrid)
  - [21.- ¿Cómo contactar con la Oficina Española del Retorno?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#21-_%C2%BFComo_contactar_con_la_Oficina_Espanola_del_Retorno)
  - [22.- ¿Qué servicios ofrece la Asociación de Ayuda al Retornado en Madrid?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#22-_%C2%BFQue_servicios_ofrece_la_Asociacion_de_Ayuda_al_Retornado_en_Madrid)
  - [23.- ¿Cómo contactar con la Asociación de Ayuda al Retornado en Madrid?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#23-_%C2%BFComo_contactar_con_la_Asociacion_de_Ayuda_al_Retornado_en_Madrid)
  - [24.- ¿Qué servicios ofrecen los Centros de Participación e Integración de Inmigrantes (CEPI)?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#24-_%C2%BFQue_servicios_ofrecen_los_Centros_de_Participacion_e_Integracion_de_Inmigrantes_CEPI)
  - [25.- ¿La Oficina de Empleo es lo mismo que el SEPE?](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#25-_%C2%BFLa_Oficina_de_Empleo_es_lo_mismo_que_el_SEPE)
- [Consejos prácticos](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Consejos_practicos)
- [Fundamento Legal](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Fundamento_Legal)
- [Referencia](https://cubatramite.com/subsidio-a-espanoles-retornados-desde-cuba-a-la-comunidad-de-madrid/#Referencia)

## Requisitos

## **Requisitos para solicitar** el subsidio de emigrante retornado

Es necesario acreditar al menos **12 meses (360 días) de cotización en los últimos 6 años** como ciudadano español en el extranjero, y además:

- Retornar a España para fijar residencia permanente.
- Estar desempleado.
- Haber trabajado en un país fuera de la UE, EEE o Suiza.
- Inscribirse y mantenerse como demandante de empleo, durante todo el periodo de duración del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad laboral.
- No tener derecho a prestación contributiva en España.
- Carecer de rentas superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (sin contar las pagas extra).

## Trámites previos a la **solicitud del subsidio para emigrantes retornados**

Antes de solicitar el subsidio en Madrid, deberá:

1. Empadronarse en el Ayuntamiento del municipio donde resida.
2. Obtener el Documento Nacional de Identidad (DNI).
3. Darse de alta en la Seguridad Social.
4. Inscribirse como demandante de empleo en la Oficina de Empleo de la Comunidad de Madrid y firmar el acuerdo de actividad. [Enlace aquí](https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oficina-empleo).
5. Obtener el Certificado de Emigrante Retornado (CER).
6. Abrir una cuenta bancaria.

## Documentación necesaria

1.-[Modelo oficial de solicitud](https://www.sepe.es/dam/jcr:19e99bf2-ef41-4f12-856d-127f7ba9b13c/impreso_solicitud_subsidio_declaracion_responsable.pdf) del subsidio, con declaración responsable de rentas.

- Si realiza la solicitud en línea mediante la presolicitud de subsidio.Descargue la **Declaración Responsable** en el siguiente [enlace](https://sepe.es/dam/jcr:bb11cd8a-ebac-47da-9a43-2447d9a5232d/declaracion_responsable.pdf), para adjuntar con el resto de los documentos.

2.- Documento de identidad (DNI o pasaporte español).

3.- [Certificado de Emigrante Retornado (CER)](https://cubatramite.com/certificado-de-emigrante-retornado-para-cubanos-con-ciudadania-espanola/), que acredita la condición de emigrante retornado a los ciudadanos españoles que regresan desde el extranjero.

4.- Documento bancario con el número de cuenta del solicitante, donde desee recibir la prestación del subsidio.

5.- Alta como demandante de empleo.

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## Dónde

### Inscripción como demandante de empleo

Debe realizarse en una** Oficina de Empleo de la Comunidad de Madrid. (Servicio Autonómico)**

- **Presencial**: con cita previa, de 8:30 a 14:30 horas.
  - Solicitar [cita previa](https://oficinavirtualempleo.comunidad.madrid/SignIn).
  - Teléfono 012.
- **En línea**: a través de la [Oficina Virtual de Empleo](https://oficinavirtualempleo.comunidad.madrid/SignIn) con Cl@ve, certificado digital o DNIe, o el usuario y contraseña.

**IMPORTANTE**: Si nunca has estado inscrito como demandante de empleo, la primera vez debes acudir presencialmente.

### Subsidio por desempleo de emigrantes retornados

Se solicita en el **SEPE (Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal)**.

- **Presencial**: con cita previa en [SEPE cita previa](https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/cita-previa/cita-previa-solicitud.html).
- **En línea **(**sin acudir a la oficina del SEPE**):
  - Con firma digital o Cl@ve, en la [sede electrónica del SEPE](https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas.html).
  - Sin firma digital, mediante [Formulario de presolicitud y tr@mites](https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/presolicitud-prestacion-desempleo.html)

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## Tiempos de resolución

El SEPE tiene un plazo legal para ofrecer respuesta de **hasta 3 meses**, aunque en la práctica suelen resolver en **10 a 15 días**.

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## Preguntas frecuentes

### 1.- ¿Existe una ayuda autonómica solo por ser retornado en Madrid?

No. La principal ayuda económica es el **subsidio estatal del SEPE**.

### 2.- ¿Qué otras ayudas puedo solicitar además del subsidio?

Existen otras prestaciones estatales generales a las que un retornado puede acceder (si cumple requisitos):

- Subsidio para personas emigrantes retornadas mayores de 52 años.
- [Pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornados](https://cubatramite.com/pension-asistencial-por-ancianidad-para-espanoles-retornados-desde-cuba/).
- Asistencia sanitaria temporal, reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Ingreso Mínimo Vital (IMV). Suele exigirse 1 año de residencia legal y efectiva en España.
- Renta Mínima de Inserción (RMI). Se tramita vía Servicios Sociales de la Comunidad.
- Ayudas municipales valoradas por Servicios Sociales y de ONG como: Cruz Roja, Cáritas y Tarjeta Monedero.

### 3.- ¿Quiénes pueden solicitar el subsidio para emigrantes retornados en Madrid?

Los españoles de origen que hayan trabajado fuera de la UE, EEE o Suiza y retornen a España fijando su residencia en Madrid.

### **4.- **¿Qué documento acredita mi condición de retornado?

El **Certificado de Emigrante Retornado (CER)** expedido por el Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración de Cada Comunidad

En Madrid con cita previa desde el siguiente enlace: [Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid](https://mpt.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/madrid)

- Dirección: Calle Miguel Ángel, No. 25, CP 28071, Madrid
- Teléfonos: 91 272 90 00
- Fax: 91 272 91 90

### 5. ¿Cuál es el plazo máximo para pedir el subsidio?

Hasta **6 meses** desde el retorno a España.

### 6.- ¿Cuánto dura el subsidio del SEPE?

Hasta **18 meses**, según requisitos.

### 7.- ¿Qué cuantía se percibe?

El importe que se percibe mensualmente es del 95% IPREM los primeros 180 días, los 6 meses siguientes el 90% IPREM, y el resto de los meses hasta completar los 18 meses es del 80% IPREM, según el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

Para el año 2025 son:

- Primeros 180 días: **570 €**
- Desde el día 181 hasta el día 360: **540 €**
- Desde el día 361: **480 €**

Ver [cuantías actualizadas](https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales;jsessionid=1EFD0C0A5761D9B13C4105026513CFAE.lxmaginterpro1b).

### 8.- ¿Cuándo se pagan las mensualidades?

Entre los días **10 y 15** del mes siguiente, en la cuenta bancaria indicada.

### 9.- ¿Pierdo el derecho si consigo trabajo en España?

No. Si trabajas a **tiempo parcial**, el subsidio se reduce proporcionalmente al tiempo trabajado.

### 10.- ¿Puedo solicitar el subsidio si nunca trabajé en Cuba u otro país?

No. Es requisito haber trabajado en el extranjero para ser considerado **emigrante retornado**.

### 11.- ¿Qué pasa si no gestiono la baja consular?

Puede retrasar la acreditación de tu condición de retornado. Se recomienda hacerlo al empadronarte en España.

### 12.- ¿Debo adverar mis documentos laborales del extranjero?

Sí, para acreditar los años trabajados y acceder al subsidio o a otras ayudas, requiere tramitar la [adveración de los documentos laborales](https://cubatramite.com/adveracion-de-documentos-que-acreditan-la-actividad-laboral-en-cuba/), en el país de origen.

### 13.- ¿Cuál es la diferencia entre subsidio estatal y ayudas autonómicas?

El **subsidio estatal** lo gestiona el SEPE y es igual en toda España.

Las **ayudas autonómicas** dependen de la Comunidad de Madrid, con requisitos propios.

### 14.- ¿Qué plazos hay para pedir ayudas autonómicas?

Generalmente, poco después del retorno y empadronamiento. Cada convocatoria fija sus fechas.

### 15.- ¿Qué ingresos debo justificar?

Debes demostrar que tus rentas no superan el **75% del **[Salario Mínimo Interprofesional](https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales.html) (**SMI)** en el mes anterior a la solicitud o prórroga.

### 16.- ¿Qué se considera renta?

Ingresos por trabajo, capital, bienes, pensiones alimenticias o compensatorias, entre otras. Así como los rendimientos que tengan los miembros de tu unidad familia.

Se excluyen las asignaciones por hijos a cargo y cuotas de convenios especiales con la Seguridad Social.

### 17.- ¿Puedo pedir el subsidio si solo vuelvo un año a España?

No. Está pensado para quienes retornan con carácter de residencia permanente.

### 18.- ¿Qué organismo tramita las ayudas en la Comunidad de Madrid?

La **Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales**, en coordinación con el SEPE.

### 19. ¿Puedo pedir subsidio estatal y ayudas autonómicas a la vez?

Sí, siempre que cumpla con los requisitos de cada una. No son excluyentes.

### 20. ¿Dónde obtener apoyo como retornado en Madrid?

- Oficina Española del Retorno
- Asociación de Ayuda al Retornado APOYAR
- Centros de Participación e Integración (CEPI)

### 21.- ¿Cómo contactar con la Oficina Española del Retorno?

**Presencial: **

- Dirección: Calle José Abascal, No. 39 CP 28003 Madrid
- Días de atención: miércoles de 9:00 a 14:00 horas (Solicitando cita previa en el Teléfono: 916 36200)

**Atención telefónica: **

- Horarios: de 9:00 a 14:00 horas al teléfono.: 91 363 62 00
- Teléfono: 060 (con coste fijo equivalente a una llamada de 1 minuto)

**Atención telemática:**

- A través del [Formulario de contacto](https://expinterweb.inclusion.gob.es/buzonemigra/). Puede ser llenado desde el exterior.

### 22.- ¿Qué servicios ofrece la Asociación de Ayuda al Retornado** en Madrid?**

En la sede de la Asociación APOYAR se ofrece información y gestión de pensiones y prestaciones, orientación laboral, asistencia legal, apoyo social, traducciones, fe de vida, integración de jóvenes, voluntariado, charlas, actividades culturales y apoyo material y de alimentos, entre otros.

### 23.- ¿Cómo contactar con la Asociación de Ayuda al Retornado** en Madrid?**

- **Dirección**: Calle Montera 34, 5º Despacho 6. CP 28013 Madrid.
- **Teléfono de ayuda y asistencia al retornado**: +34 91 523 98 09 de lunes a viernes, en el horario laboral y dispone de un contestador 24 horas.
- Web: [APOYAR](http://www.apoyarmadrid.org/)

### 24.- ¿Qué servicios ofrecen los Centros **de Participación e Integración de Inmigrantes (CEPI)?**

Ofrecen información, asesoría jurídica, orientación laboral y psicosocial, cursos y talleres, actividades culturales y derivación a otros recursos sociales de la Comunidad de Madrid.

### 25.- ¿La Oficina de Empleo es lo mismo que el SEPE?

No. El **SEPE** gestiona las prestaciones por desempleo. Las **Oficinas de Empleo autonómicas** tramitan la inscripción como demandante y la orientación laboral.

Cada oficina tiene sus propias tareas asignadas y procedimientos.

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## Consejos prácticos

- **Reúne y advera la documentación laboral en Cuba**: sin estos documentos no podrás acreditar tu experiencia laboral y solcitar el Certificado de Emigrado Retornado.
- **Empadrónate en cuanto llegues a Madrid**: es requisito para casi todas las ayudas y prestaciones.
- **Apertura una cuenta bancaria a tu nombre**: el SEPE no acepta cuentas de terceros.
- **Pide cita previa con antelación**: tanto en el SEPE como en las Oficinas de Empleo suele haber lista de espera.
- **Acude a asociaciones de apoyo al retornado**: ofrecen asesoría gratuita, acompañamiento y, en algunos casos, ayudas de emergencia.
- **Guarda copias digitales de todos tus documentos**: facilitará gestiones en línea y evitará pérdidas.

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## Fundamento Legal

- [Real Decreto 8/2008, de 11 de enero](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-1264), por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.
- [Resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones de 27 de marzo de 2019](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-4705), en el que se aprueba el Plan de Retorno a España, para personas españolas que se plantean regresar a España. Publicado en el BOE de 30 de marzo 2019.
- [Ley 31/2022, de 23 de diciembre,](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128) de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
- [Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-10235), por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.
- [Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero,](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-2576) por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025. Este real decreto tendrá efectos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
- [Resolución de 5 de diciembre de 2024](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-26189), del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el modelo para la formalización del Acuerdo de Actividad previsto en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

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## Referencia

- [Subsidio para emigrantes retornados – SEPE](https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/subsidio-de-emigrante-retornado)
- [Retornados en la Comunidad de Madrid](https://www.comunidad.madrid/servicios/madrid-mundo/retornados-comunidad-madrid)
- [SEPE – Sede Electrónica](https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo.html)
- [Seguridad Social – Prestaciones](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores)
- [Asociación APOYAR](https://apoyarmadrid.org/)
- [Cáritas Madrid](https://tepodemosayudar.caritasmadrid.org/)
- [Cruz Roja – Inclusión Social Migrantes](https://www2.cruzroja.es/que-hacemos/inclusion-social/personas-migrantes)

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