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title: "Cambios y conversiones a los vehículos en Cuba"
description: "Los cambios y conversiones que modifiquen los datos registrados de un vehículo de motor, remolque o semirremolque requieren la autorización previa de la autoridad administrativa del transporte correspondiente al domicilio del poseedor legal."
url: https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/
date: 2020-04-26
modified: 2026-08-13
author: "CubaTrámite"
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categories: ["Trámites en Cuba", "Tránsito", "Transporte"]
tags: ["Cuba", "Registro de Vehículos en Cuba", "Vehículos Cuba"]
type: post
lang: es
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# Cambios y conversiones a los vehículos en Cuba

Los **cambios y conversiones que modifiquen los datos registrados de un vehículo** de motor, remolque o semirremolque requieren la autorización previa de la autoridad administrativa del transporte correspondiente al domicilio del poseedor legal.

La autorización debe obtenerse **antes de comenzar los trabajos**. Una vez ejecutados en el taller autorizado, el vehículo debe superar la revisión técnica automotor, obtener el dictamen técnico de aprobación y actualizar sus datos en el Registro de Vehículos.

Se consideran:

- **Cambios:** las sustituciones de elementos registrales principales del vehículo, como el motor, la carrocería, la cabina, el chasis o el cuadro de una motocicleta o ciclomotor.
- **Remotorización:** la sustitución del motor por otro de diferente marca, modelo o características, cuando para instalarlo resulte necesario modificar o adaptar el vehículo.
- **Conversión:** la adaptación o modificación realizada sobre un mismo vehículo sin sustituir sus principales elementos registrales, aunque pueda modificar su clase, tipo, estructura, sistemas o características técnicas.

Este procedimiento se aplica a los vehículos inscritos en el Registro de Vehículos que pertenecen a personas naturales o jurídicas y circulan por las vías del país. **No comprende los vehículos destinados a la defensa, los vehículos especiales de la construcción o la agricultura ni los medios de tracción humana o animal**.

> No debe iniciarse ningún cambio o conversión antes de obtener la autorización correspondiente. Realizar primero la modificación y solicitar después su legalización puede impedir su aprobación y actualización registral.

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ÍNDICE DEL CONTENIDO
[Toggle](#)

- [Paso 1. Solicitud y autorización para realizar cambios o conversiones en vehículos en Cuba](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Paso_1_Solicitud_y_autorizacion_para_realizar_cambios_o_conversiones_en_vehiculos_en_Cuba)
- [Requisitos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Requisitos)
  - [Para personas naturales](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Para_personas_naturales)
  - [Para personas jurídicas](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Para_personas_juridicas)
- [Dónde presentar el trámite](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Donde_presentar_el_tramite)
- [Horarios de atención](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Horarios_de_atencion)
- [Tiempos de resolución](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Tiempos_de_resolucion)
  - [Plazo para ejecutar los trabajos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Plazo_para_ejecutar_los_trabajos)
- [Paso 2. Realizar la Revisión Técnica Automotor](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Paso_2_Realizar_la_Revision_Tecnica_Automotor)
- [Requisitos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Requisitos-2)
- [Costos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Costos)
- [Dónde presentar el trámite](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Donde_presentar_el_tramite-2)
- [Horarios de atención](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Horarios_de_atencion-2)
- [Paso 3. Solicitar el Dictamen Técnico del cambio o conversión de un vehículo en Cuba](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Paso_3_Solicitar_el_Dictamen_Tecnico_del_cambio_o_conversion_de_un_vehiculo_en_Cuba)
- [Requisitos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Requisitos-3)
- [Dónde presentar el trámite](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Donde_presentar_el_tramite-3)
- [Horarios de atención](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Horarios_de_atencion-3)
- [Tiempos de resolución](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Tiempos_de_resolucion-2)
- [Paso 4. Inscribir el cambio o conversión en el Registro de Vehículos en Cuba](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Paso_4_Inscribir_el_cambio_o_conversion_en_el_Registro_de_Vehiculos_en_Cuba)
- [Requisitos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Requisitos-4)
  - [Requisitos generales](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Requisitos_generales)
  - [Cuando se haya sustituido un motor, carrocería, cabina, chasis o cuadro de motocicleta](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Cuando_se_haya_sustituido_un_motor_carroceria_cabina_chasis_o_cuadro_de_motocicleta)
  - [Cuando se trate de una conversión sin sustitución de componentes registrales](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Cuando_se_trate_de_una_conversion_sin_sustitucion_de_componentes_registrales)
- [Costos](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Costos-2)
  - [Para personas naturales residentes en Cuba](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Para_personas_naturales_residentes_en_Cuba)
  - [Personas naturales no residentes permanentes en Cuba y representaciones de personas jurídicas extranjeras](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Personas_naturales_no_residentes_permanentes_en_Cuba_y_representaciones_de_personas_juridicas_extranjeras)
- [Dónde presentar el trámite](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Donde_presentar_el_tramite-4)
- [Preguntas frecuentes](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Preguntas_frecuentes)
  - [1.- ¿Quién puede solicitar la autorización para realizar un cambio o conversión?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#1-_%C2%BFQuien_puede_solicitar_la_autorizacion_para_realizar_un_cambio_o_conversion)
  - [2.- ¿Qué condiciones debe cumplir un cambio o conversión?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#2-_%C2%BFQue_condiciones_debe_cumplir_un_cambio_o_conversion)
  - [3.- ¿Qué ocurre si el cambio o conversión no puede concluirse dentro del plazo autorizado?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#3-_%C2%BFQue_ocurre_si_el_cambio_o_conversion_no_puede_concluirse_dentro_del_plazo_autorizado)
  - [4.- ¿Qué cambios o conversiones a vehículos en Cuba no pueden ser autorizados?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#4-_%C2%BFQue_cambios_o_conversiones_a_vehiculos_en_Cuba_no_pueden_ser_autorizados)
  - [5.- ¿Qué cambios o conversiones a vehículos en Cuba requieren Proyecto Técnico y Dictamen Técnico?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#5-_%C2%BFQue_cambios_o_conversiones_a_vehiculos_en_Cuba_requieren_Proyecto_Tecnico_y_Dictamen_Tecnico)
  - [6.- ¿Qué cambios o conversiones no requieren Proyecto Técnico ni Dictamen Técnico?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#6-_%C2%BFQue_cambios_o_conversiones_no_requieren_Proyecto_Tecnico_ni_Dictamen_Tecnico)
  - [7.- ¿Qué es el Proyecto Técnico?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#7-_%C2%BFQue_es_el_Proyecto_Tecnico)
  - [8.- ¿Qué información debe contener el Proyecto Técnico?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#8-_%C2%BFQue_informacion_debe_contener_el_Proyecto_Tecnico)
  - [9.- ¿Qué es el Dictamen Técnico y qué información contiene?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#9-_%C2%BFQue_es_el_Dictamen_Tecnico_y_que_informacion_contiene)
  - [10.- ¿En Cuba, dónde se pueden adquirir motores, carrocerías y otros componentes para su reposición?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#10-_%C2%BFEn_Cuba_donde_se_pueden_adquirir_motores_carrocerias_y_otros_componentes_para_su_reposicion)
  - [11.- ¿Por qué no se puede aumentar la capacidad de carga del vehículo?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#11-_%C2%BFPor_que_no_se_puede_aumentar_la_capacidad_de_carga_del_vehiculo)
  - [12.- ¿Por qué no se permite aumentar el largo o el ancho original del vehículo?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#12-_%C2%BFPor_que_no_se_permite_aumentar_el_largo_o_el_ancho_original_del_vehiculo)
  - [13.- ¿Se puede instalar un motor con una potencia superior a la del motor original?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#13-_%C2%BFSe_puede_instalar_un_motor_con_una_potencia_superior_a_la_del_motor_original)
  - [14.- ¿Se puede convertir una motocicleta de menos de 250 cc en triciclo o adicionársele un sidecar?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#14-_%C2%BFSe_puede_convertir_una_motocicleta_de_menos_de_250_cc_en_triciclo_o_adicionarsele_un_sidecar)
  - [15.- ¿Por qué deben certificarse determinadas soldaduras realizadas en el vehículo?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#15-_%C2%BFPor_que_deben_certificarse_determinadas_soldaduras_realizadas_en_el_vehiculo)
  - [16.- ¿Dónde se certifican las soldaduras realizadas en componentes esenciales del vehículo?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#16-_%C2%BFDonde_se_certifican_las_soldaduras_realizadas_en_componentes_esenciales_del_vehiculo)
  - [17.- ¿Se puede instalar un motor, carrocería, cabina, chasis o cuadro de motocicleta de diferente año de fabricación?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#17-_%C2%BFSe_puede_instalar_un_motor_carroceria_cabina_chasis_o_cuadro_de_motocicleta_de_diferente_ano_de_fabricacion)
  - [18.- ¿Se puede convertir un automóvil de paseo en camioneta de carga o de pasajeros?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#18-_%C2%BFSe_puede_convertir_un_automovil_de_paseo_en_camioneta_de_carga_o_de_pasajeros)
  - [19.- ¿Se puede convertir un automóvil de paseo en convertible?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#19-_%C2%BFSe_puede_convertir_un_automovil_de_paseo_en_convertible)
  - [20.- ¿Se puede realizar primero el cambio o conversión y solicitar después su autorización?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#20-_%C2%BFSe_puede_realizar_primero_el_cambio_o_conversion_y_solicitar_despues_su_autorizacion)
  - [21.- ¿Se puede convertir un vehículo eléctrico para que funcione con un motor de combustión?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#21-_%C2%BFSe_puede_convertir_un_vehiculo_electrico_para_que_funcione_con_un_motor_de_combustion)
  - [22.- ¿Se pueden inscribir vehículos ensamblados por partes y piezas?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#22-_%C2%BFSe_pueden_inscribir_vehiculos_ensamblados_por_partes_y_piezas)
  - [23.- ¿Dónde solicitar orientación sobre un cambio o conversión específico?](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#23-_%C2%BFDonde_solicitar_orientacion_sobre_un_cambio_o_conversion_especifico)
- [Fundamento Legal](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Fundamento_Legal)
  - [Normas aplicables al ensamblaje y homologación](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Normas_aplicables_al_ensamblaje_y_homologacion)
- [Referencia](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-cambios-fisicos-en-el-vehiculo/#Referencia)

## Paso 1. Solicitud y autorización para realizar cambios o conversiones en vehículos en Cuba

1. El poseedor legal debe identificar el motor, la carrocería u otro componente que pretende instalar.
2. Cuando el componente se adquiera en una [entidad comercializadora autorizada](https://cubatramite.com/entidades-importadoras-y-comercializadoras-de-vehiculos-en-cuba/), esta debe entregar una oferta en la que se identifique el componente y el vehículo en el que será instalado, según la disponibilidad existente.
3. El interesado consulta con la autoridad administrativa del transporte si el cambio o conversión requiere un proyecto técnico.
4. Si se requiere un proyecto técnico, debe solicitar su elaboración a una persona jurídica proyectista acreditada por la propia autoridad administrativa.
5. Una vez reunida la documentación, presenta la solicitud de aprobación del cambio, conversión o remotorización.
6. La autoridad administrativa abre el expediente, revisa la solicitud y el proyecto técnico, cuando corresponda, y comprueba que el taller propuesto esté habilitado para realizar los trabajos.
7. Si la solicitud resulta aprobada, se emite el documento de **[Aprobación de la conversión o remotorización](https://drive.google.com/open?id=1s5TsIFcexnCMxofnLsYrJV1J0efBC8uB)**, en el que deben quedar identificados los trabajos autorizados y el taller donde se realizarán.
8. Una vez aprobado el cambio, la conversión o la remotorización, el poseedor legal debe ejecutar los trabajos dentro de un plazo máximo de **un (1) año natural**, contado desde la fecha de aprobación. Los trabajos deben realizarse en el taller autorizado y conforme al proyecto técnico aprobado, cuando este sea exigible.

> IMPORTANTE: La identificación del componente o la obtención de una oferta no autoriza su instalación. El vehículo no debe modificarse ni comenzar los trabajos en el taller antes de recibir la aprobación de la autoridad administrativa del transporte.

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## Requisitos

### Para personas naturales

1. Modelo [Solicitud de aprobación de conversiones y cambios al transporte automotor](https://drive.google.com/open?id=1-b247eT5qkwy2Vk6xRmMaTCrDkEcT-Hx).
2. Proyecto técnico de la conversión, cambio o remotorización, cuando resulte necesario.
3. Fotocopia de la licencia de circulación o certificación de inscripción en el Registro de Vehículos.
4. Tres fotografías del vehículo, tomadas desde diferentes posiciones antes de realizar el cambio o la conversión.
5. Constancia actualizada del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
6. Documento de identidad de la persona que realiza el trámite.
7. Poder especial, cuando la solicitud sea presentada por un representante del poseedor legal.
8. Oferta o documento que permita identificar el motor, la carrocería o el componente que se pretende instalar, cuando corresponda.

### Para personas jurídicas

1. Modelo [Solicitud de aprobación de conversiones y cambios al transporte automotor](https://drive.google.com/open?id=1-b247eT5qkwy2Vk6xRmMaTCrDkEcT-Hx).
2. Proyecto técnico de la conversión, cambio o remotorización, cuando resulte necesario.
3. Resolución administrativa de declaración del vehículo como medio básico o documento que acredite su incorporación al patrimonio de la entidad, según corresponda.
4. Certificación de inscripción en el Registro de Vehículos o fotocopia de la licencia de circulación.
5. Tres fotografías del vehículo, tomadas desde diferentes posiciones antes de realizar el cambio o la conversión.
6. Documento que acredite a la persona autorizada para representar a la entidad en los trámites relacionados con cambios y conversiones.
7. Documento de identidad del representante.
8. Constancia actualizada del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
9. Oferta o documento que permita identificar el motor, la carrocería o el componente que se pretende instalar, cuando corresponda.

> La autoridad administrativa puede solicitar otros documentos técnicos relacionados con las características del componente, el vehículo o los trabajos que se pretenden ejecutar.

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## Dónde presentar el trámite

Presencialmente, en la sede de la **autoridad administrativa del transporte correspondiente al domicilio del poseedor legal del vehículo**.

Estas funciones corresponden, según la organización territorial aplicable, a las direcciones o empresas provinciales de Transporte y al órgano encargado del transporte en el municipio especial Isla de la Juventud.

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## Horarios de atención

De lunes a viernes, en el horario establecido por la autoridad administrativa del transporte de cada territorio.

**IMPORTANTE**: Se recomienda confirmar previamente el horario y el lugar de atención, debido a que pueden variar según la provincia.

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## Tiempos de resolución

La autoridad administrativa del transporte dispone de hasta **treinta (30) días naturales**, contados desde la presentación de la solicitud completa, para:

- Aprobar la ejecución del cambio, conversión o remotorización; o
- Comunicar su desaprobación.

### Plazo para ejecutar los trabajos

Una vez obtenida la [aprobación](https://drive.google.com/open?id=1s5TsIFcexnCMxofnLsYrJV1J0efBC8uB), los trabajos deben realizarse:

- Conforme al proyecto técnico aprobado, cuando sea exigible.
- En el taller autorizado en el expediente.
- Dentro de un plazo máximo de **un año natural**, contado desde la fecha de aprobación.

Si los trabajos no pueden concluirse dentro de ese plazo, el poseedor legal puede solicitar una prórroga, con no menos de treinta (30) días de antelación a su vencimiento.

La prórroga, Se concede una sola vez. No puede exceder de seis meses, Y Debe estar justificada por la naturaleza o complejidad de los trabajos.

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## Paso 2. Realizar la Revisión Técnica Automotor

Una vez ejecutados los trabajos autorizados, el poseedor legal debe presentar el vehículo en la **planta de Revisión Técnica Automotor (ERTA)** correspondiente a su provincia.

La revisión tiene como finalidad comprobar que los cambios o conversiones realizados coincidan con lo autorizado y que el vehículo reúna las condiciones técnicas exigidas para circular.

Si el vehículo resulta **apto**, la planta expide la **Certificación de Revisión Técnica Automotor**. Cuando se detecten deficiencias, estas se hacen constar en el documento correspondiente y deberán ser corregidas antes de obtener la certificación.

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## Requisitos

Para realizar la revisión técnica se debe presentar, en la planta de revisión técnica:

1. **Documento de [aprobación del cambio o conversión](https://drive.google.com/open?id=1s5TsIFcexnCMxofnLsYrJV1J0efBC8uB)** emitido por la autoridad competente.
2. **Copia del proyecto técnico aprobado**, cuando este haya sido exigido para realizar la modificación.
3. **Documento de identidad** del poseedor legal del vehículo.
4. **Licencia de circulación o certificación de inscripción** expedida por el Registro de Vehículos.
5. **Vehículo en el que se ejecutaron los cambios o conversiones**, con todos sus sistemas, partes y componentes instalados.

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## Costos

Las tarifas máximas establecidas para el servicio de Revisión Técnica Automotor son:

- **Vehículos ligeros: 200 CUP.**
- **Vehículos pesados: 300 CUP.**

Estas tarifas están establecidas por la Resolución 319 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios.

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## Dónde presentar el trámite

En una **planta fija o móvil de Revisión Técnica Automotor (ERTA)** de la provincia correspondiente.

La cita debe solicitarse mediante el portal de reservaciones para la Revisión Técnica Automotor: [revisiontecnica.transnet.cu](http://revisiontecnica.transnet.cu)

Para consultar los requisitos generales, plantas habilitadas y demás información sobre este servicio, recomendamos visitar el trámite de [Revisión técnica de vehículos en Cuba](https://cubatramite.com/revision-tecnica-de-los-vehiculos/).

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## Horarios de atención

**De lunes a viernes**: de 8:00 am a 5:00 pm.

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## Paso 3. Solicitar el Dictamen Técnico del cambio o conversión de un vehículo en Cuba

Una vez obtenida la **Certificación de Revisión Técnica Automotor**, el poseedor legal del vehículo debe solicitar el **Dictamen Técnico** ante la misma autoridad administrativa del transporte donde inició el trámite y se encuentra radicado el expediente.

La autoridad comprueba que los trabajos ejecutados coincidan con el cambio o conversión previamente autorizado y revisa la documentación presentada. Si se cumplen las exigencias establecidas, emite el **Dictamen Técnico de aprobación del cambio o conversión realizado**.

> Este documento será necesario para solicitar posteriormente la actualización de los datos del vehículo en el Registro de Vehículos.

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## Requisitos

Se deben presentar:

1. **Órdenes de trabajo** emitidas por el taller autorizado que realizó el cambio o conversión.
2. **Facturas de las partes y piezas empleadas** en los trabajos.
3. **Documento que acredite el destino final del motor o de la parte sustituida**, cuando corresponda.
4. **Certificación de Revisión Técnica Automotor**, que acredite que el vehículo se encuentra apto para circular.

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## Dónde presentar el trámite

En la **autoridad administrativa del transporte correspondiente al domicilio del poseedor legal**, específicamente en la misma oficina donde se presentó la solicitud inicial y se encuentra el expediente del cambio o conversión.

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## Horarios de atención

Los horarios dependen de la autoridad administrativa del transporte de cada territorio. Se recomienda confirmarlos antes de acudir.

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## Tiempos de resolución

La autoridad administrativa del transporte dispone de un plazo de hasta **treinta (30) días naturales**, contados desde la presentación de los documentos, para emitir el [Dictamen Técnico de aprobación del cambio o conversión](https://drive.google.com/file/d/1g81-EP9DmoNGuccmZbYAHZ8PDxSxao2w/view)** realizado**.

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## Paso 4. Inscribir el cambio o conversión en el Registro de Vehículos en Cuba

Una vez obtenido el **Dictamen Técnico de aprobación**, el poseedor legal dispone de un plazo máximo de **treinta (30) días naturales** para solicitar la actualización de los datos del vehículo en el Registro de Vehículos.

El Registro comprueba la documentación, inspecciona el vehículo y, cuando corresponda, actualiza su expediente y expide una nueva **[Licencia de Circulación](https://cubatramite.com/licencia-de-circulacion-de-vehiculo/)** con los datos resultantes del cambio o conversión.

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## Requisitos

### Requisitos generales

Se debe presentar:

1. **Documento de identidad** de la persona que realiza el trámite.
2. **Documento que acredite la [representación voluntaria o legal](https://cubatramite.com/poder-especial-o-general/)**, cuando el trámite no sea realizado personalmente por el poseedor legal o se actúe en nombre de una persona jurídica.
3. **Licencia de Circulación** del vehículo.
4. [Dictamen Técnico de aprobación del cambio o conversión](https://cubatramite.com/revision-tecnica-de-los-vehiculos/), cuando resulte exigible.
5. **Certificación de Revisión Técnica Automotor** que acredite que el vehículo se encuentra apto para circular.
6. **Constancia actualizada del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre**.
7. **Órdenes de trabajo y facturas** emitidas por el taller autorizado que realizó los trabajos.
8. **Vehículo**, para su inspección e identificación por el Registro de Vehículos.

### Cuando se haya sustituido un motor, carrocería, cabina, chasis o cuadro de motocicleta

Además de los requisitos comunes, se debe presentar:

1. **Documento que acredite el origen legal, la adquisición y la titularidad del componente instalado**, según corresponda:
   - Factura emitida por una entidad comercializadora autorizada.
   - Acta de conformidad emitida por el Registro de Vehículos, cuando el componente se haya adquirido de otra persona natural mediante una operación autorizada.
   - Documento expedido por el Ministerio del Interior, las Fuerzas Armadas Revolucionarias u otra entidad competente, según el origen del componente.
2. **Documento de baja del componente sustituido**, en el que se indique su destino final.
3. **Documento emitido por la persona jurídica receptora**, cuando el motor, la carrocería, la cabina, el chasis o el cuadro sustituido haya sido entregado a una entidad autorizada para su recepción o disposición final.
4. **Factura del servicio de instalación o reparación**, cuando corresponda.

### Cuando se trate de una conversión sin sustitución de componentes registrales

Si la conversión no implicó sustituir el motor, la carrocería, la cabina, el chasis o el cuadro de la motocicleta, no se exigirán documentos de adquisición, baja o destino final de componentes.

En estos casos se presentan los requisitos comunes y los documentos técnicos correspondientes a la conversión realizada.

> La documentación concreta puede variar según el componente sustituido, su procedencia y las características del cambio o conversión. El Registro de Vehículos puede solicitar los documentos necesarios para comprobar el origen legal de las piezas y la correspondencia entre los trabajos autorizados y los ejecutados.

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## Costos

### Para personas naturales residentes en Cuba

| **Trámite registral** | **Costo por sellos del timbre** |
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| Cambio de motor | 10 CUP |
| Expedición de la nueva Licencia de Circulación | 40 CUP |
| **Total por cambio de motor** | **50 CUP** |
| Cambio de carrocería | 20 CUP |
| Expedición de la nueva Licencia de Circulación | 40 CUP |
| **Total por cambio de carrocería** | **60 CUP** |

### Personas naturales no residentes permanentes en Cuba y representaciones de personas jurídicas extranjeras

| **Trámite registral** | **Costo por sellos del timbre** |
| --- | --- |
| Cambio de motor | 250 CUP |
| Expedición de la nueva Licencia de Circulación | 1000 CUP |
| **Total por cambio de motor** | **1250 CUP** |
| Cambio de carrocería | 500 CUP |
| Expedición de la nueva Licencia de Circulación | 1000 CUP |
| **Total por cambio de carrocería** | **1500 CUP** |

**IMPORTANTE**: Estos costos totales corresponden exclusivamente a los sellos del timbre exigidos en el Registro de Vehículos. **No incluyen el proyecto técnico, los trabajos del taller, las piezas instaladas ni el servicio de Revisión Técnica Automotor**.

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## Dónde presentar el trámite

**Presencial**: En la **oficina del Registro de Vehículos correspondiente al domicilio del poseedor legal**.

Las direcciones, teléfonos y horarios pueden consultarse en el directorio actualizado de [Oficinas del Registro de Vehículos en Cuba](https://cubatramite.com/oficinas-de-registro-de-vehiculos/).

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## Preguntas frecuentes

### 1.- ¿Quién puede solicitar la autorización para realizar un cambio o conversión?

La solicitud puede presentarla:

- El **poseedor legal del vehículo**.
- Una persona que actúe mediante **representación voluntaria o legal**, debidamente acreditada.
- El representante autorizado, cuando el vehículo pertenezca a una persona jurídica.

Cuando se actúe mediante representación voluntaria, debe presentarse el poder especial correspondiente.

### 2.- ¿Qué condiciones debe cumplir un cambio o conversión?

El cambio o conversión debe:

- Garantizar la seguridad activa y pasiva del vehículo.
- Evitar peligros, daños, contaminación o perjuicios a las personas y a los bienes.
- Ser técnicamente racional y ajustarse al proyecto y al dictamen técnico, cuando estos sean exigibles.
- Responder a la reposición, deterioro, rotura u obsolescencia de algún componente; a la pérdida de su vida útil; a una mayor eficiencia en el consumo de combustible; o a una necesidad relacionada con el servicio que presta el vehículo.
- Permitir que el vehículo pueda retornar a su estado original, cuando la naturaleza de la modificación lo haga posible.

Los especialistas deben indicar en el proyecto o dictamen técnico cuáles de estos principios justifican la modificación solicitada.

### 3.- ¿Qué ocurre si el cambio o conversión no puede concluirse dentro del plazo autorizado?

Los trabajos deben ejecutarse dentro del plazo máximo de **un (1) año natural**, contado desde la fecha de aprobación.

Cuando no puedan concluirse en ese período, el poseedor legal puede solicitar una prórroga ante la autoridad administrativa del transporte:

- La solicitud debe presentarse con una antelación mínima de **treinta (30) días** al vencimiento.
- Debe explicar las causas que impiden terminar los trabajos.
- La prórroga solo puede concederse **una vez**.
- Su duración no puede exceder de **seis (6) meses**.

La decisión se comunica por escrito. Si no se solicita la prórroga o esta no es aprobada, queda sin efecto la autorización y el vehículo debe regresar a su estado anterior.

### 4.- ¿Qué cambios o conversiones a vehículos en Cuba no pueden ser autorizados?

No pueden autorizarse modificaciones que:

1. Aumenten la capacidad de carga establecida para el vehículo.
2. Aumenten sus dimensiones máximas originales de largo o ancho.
3. Impliquen instalar un motor cuya potencia sea superior en más del 50 % a la del motor original de fábrica, o de cilindrada superior a 100 cc en motocicletas de hasta 60 cc.
4. Requieran realizar soldaduras directamente en el bastidor sin emplear soportes atornillados o remachados.
5. Requieran soldaduras en los sistemas de dirección o frenos, o en los cuadros de motocicletas y ciclomotores, sin la certificación de una entidad competente.
6. Supongan cambiar la carrocería, el chasis o el cuadro por otro de marca o modelo diferente al original, salvo las excepciones técnicas expresamente permitidas.
7. Conviertan una motocicleta de menos de 250 cc en una motocicleta con *sidecar* o en un triciclo.
8. Conviertan un vehículo eléctrico para que funcione mediante combustión interna.
9. Aumenten la velocidad máxima establecida por el fabricante.
10. Impliquen sustituir tantos agregados o componentes que, en la práctica, se construya un vehículo nuevo.

> Entre las excepciones permitidas se encuentran determinados cambios entre carrocerías de los modelos Lada 2101 a 2107 y Fiat 125; entre los modelos Moscovich 2140 y 2141; y las carrocerías de igual marca y modelo, aunque sean de diferente año de fabricación, cuando resulten compatibles por sus dimensiones y diseño y exista aprobación del Ministerio del Transporte.

### 5.- ¿Qué cambios o conversiones a vehículos en Cuba requieren Proyecto Técnico y Dictamen Técnico?

Requieren la elaboración de un Proyecto Técnico y la posterior emisión o aprobación del Dictamen Técnico los trabajos siguientes:

- Modificación o sustitución del motor por otro de características diferentes.
- Cambio del lugar donde se encuentra instalado el motor.
- Modificación o sustitución de la caja de cambios.
- Modificación de los elementos de transmisión comprendidos entre la salida del motor y las ruedas.
- Modificación o sustitución del sistema de selección de velocidades.
- Modificación o sustitución de las ruedas, o instalación o desinstalación de separadores, cuando cambie el ancho de vía.
- Conversión de un automóvil de paseo en convertible.
- Eliminación del maletero y prolongación del techo de un automóvil de paseo.
- Cambio de cabina por otra de diferente modelo de la misma marca o, en los casos autorizados, por otra de diferente marca que resulte similar en diseño y dimensiones.
- Modificación del sistema de suspensión o de alguno de sus componentes elásticos.
- Modificación del sistema de dirección.
- Modificación del sistema de frenado o de alguno de sus componentes.
- Modificación del bastidor.
- Instalación o desinstalación de rampas, elevadores, grúas, plataformas, furgones, asideros, escaleras, peldaños u otros sistemas ajenos al vehículo original.
- Adaptación de vehículos para transportar mercancías peligrosas.
- Adaptación de camiones o camionetas de carga para transportar pasajeros, o viceversa.
- Adaptación de automóviles de paseo a camionetas de carga o de pasajeros, abiertas o cerradas, dentro de los límites técnicos establecidos.
- Instalación, modificación o desinstalación de dispositivos para acoplar remolques o semirremolques.
- Cambios de clase o tipo de vehículo que no vulneren las restricciones establecidas.
- Cambio del tipo de combustible empleado por el mismo motor.
- Adaptación de partes de carrocería entre modelos diferentes de una misma marca, cuando sean similares y no se modifique el chasis ni su número de identificación.
- Adaptación de partes y piezas de diferentes marcas o modelos en motocicletas y ciclomotores, cuando tengan dimensiones y características de diseño similares y no se modifique considerablemente el cuadro original.
- Otras adaptaciones que no afecten la seguridad del vehículo ni impliquen cambiar su marca y modelo.
- Cambios entre las carrocerías expresamente autorizadas de determinados modelos Lada, Fiat 125 y Moscovich.
- Cambio de carrocería por otra de igual marca y modelo, pero de diferente año de fabricación, cuando sean compatibles por sus dimensiones y diseño y exista aprobación del Ministerio del Transporte.

> Antes de contratar el proyecto, el interesado debe consultar con la autoridad administrativa del transporte si la modificación concreta lo requiere.

### 6.- ¿Qué cambios o conversiones no requieren Proyecto Técnico ni Dictamen Técnico?

No requieren Proyecto Técnico ni Dictamen Técnico:

- La conversión de una motocicleta con *sidecar* en motocicleta sencilla, o viceversa, cuando el modelo contemple ambas variantes y no sea necesario modificar o adaptar el cuadro.
- La sustitución de motores, carrocerías u otros componentes por otros de la **misma marca y modelo**.
- La sustitución de un motor por otro de diferente marca o modelo cuando no sea necesario realizar trabajos de adaptación para instalarlo y exista certificación previa del Ministerio del Transporte.

> La exención del Proyecto Técnico y del Dictamen Técnico no significa que el cambio pueda realizarse sin control administrativo. El interesado debe consultar previamente a la autoridad del transporte y cumplir los requisitos de adquisición, instalación, revisión técnica y actualización en el Registro de Vehículos que correspondan.

### 7.- ¿Qué es el Proyecto Técnico?

El **Proyecto Técnico** es el documento que define y justifica las modificaciones que se pretende realizar en el vehículo antes de comenzar los trabajos.

Debe ser confeccionado por una **persona jurídica proyectista acreditada**, designada por la autoridad administrativa del transporte.

El proyecto puede ser:

- **Proyecto Técnico Típico:** se utiliza para trabajos que se realizan de forma común y reiterada. Se elabora una vez y, después de aprobado, puede servir para autorizar otras modificaciones iguales, haciendo referencia a su número.
- **Proyecto Técnico Especial:** se elabora específicamente para una modificación que no se realiza habitualmente y que requiere estudiar las características técnicas del vehículo, sus sistemas y los componentes que serán modificados o instalados.

En ambos casos, el proyecto debe ser aprobado por la autoridad administrativa del transporte antes de ejecutar los trabajos.

### 8.- ¿Qué información debe contener el Proyecto Técnico?

El Proyecto Técnico debe incluir, entre otros elementos:

1. **Objetivo y justificación** del cambio o conversión.
2. **Datos de identificación del vehículo**.
3. **Características técnicas del vehículo antes y después** de la modificación.
4. **Descripción de los trabajos**, incluidos los desmontajes, sustituciones, modificaciones, materiales y montajes previstos.
5. **Cálculos técnicos justificativos**, relacionados, según corresponda, con:
   - Distribución del peso por eje.
   - Sistemas de fijación.
   - Velocidad máxima y fuerza de tracción.
   - Centro de gravedad y estabilidad.
   - Potencia y relaciones de transmisión.
   - Ángulos de giro y distancia de frenado.
   - Esfuerzos y resistencia del bastidor.
   - Seguridad activa y pasiva.
   - Protección del medioambiente.
6. **Calidad de los materiales**, normas de ejecución, certificados y autorizaciones exigibles.
7. **Planos y esquemas del vehículo** antes y después de la modificación, con los detalles constructivos necesarios.

Los equipos, sistemas, piezas o componentes modificados o instalados deben quedar correctamente identificados por su marca, modelo, número o marcaje, cuando existan.

### 9.- ¿Qué es el Dictamen Técnico y qué información contiene?

El **Dictamen Técnico** es el documento emitido después de ejecutar los trabajos y superar la Revisión Técnica Automotor. Mediante este, la autoridad administrativa del transporte certifica que el cambio o conversión realizado coincide con lo aprobado y cumple las exigencias técnicas correspondientes.

Debe contener:

1. Número y fecha de emisión del Dictamen Técnico.
2. Datos de la autoridad administrativa del transporte que lo emite.
3. Nombre, apellidos y firma de su director.
4. Nombre, apellidos y firma de los especialistas que confeccionaron el dictamen.
5. Número del Proyecto Técnico, cuando haya sido exigido, y datos de la entidad y del especialista que lo elaboró.
6. Matrícula y números de identificación de la carrocería y del motor del vehículo.
7. Descripción de los trabajos ejecutados y de las piezas o componentes instalados.
8. Identificación del taller donde se realizaron los trabajos.

El Dictamen Técnico se confecciona en **tres ejemplares**:

- Uno se archiva en el expediente de la autoridad administrativa del transporte.
- Otro se remite al Registro de Vehículos correspondiente.
- El tercero se entrega al poseedor legal del vehículo.

### 10.- ¿En Cuba, dónde se pueden adquirir motores, carrocerías y otros componentes para su reposición?

Las personas naturales y jurídicas autorizadas pueden adquirir, por reposición:

- Motores y bloques de cilindros de motores.
- Carrocerías.
- Cabinas.
- Chasis.
- Cuadros de motocicletas.

La adquisición puede realizarse:

1. En las **entidades comercializadoras autorizadas**.
2. En las entidades autorizadas para el **desarme y la comercialización de componentes recuperados** de vehículos dados de baja.
3. Mediante **compraventa o donación entre las personas naturales y jurídicas autorizadas**, siempre que el componente sea destinado a reposición y, como regla general, corresponda a la misma marca y modelo del que se sustituye.
4. Por conducto de la **Empresa de Seguros Nacionales**, cuando la reposición corresponda a lo pactado en una póliza de seguro.

Las personas naturales comprendidas en las categorías de residencia autorizadas también pueden importar, sin carácter comercial, **motores eléctricos y sus accesorios**, para reponer motores o convertir vehículos de combustión interna en eléctricos, conforme a las disposiciones aplicables.

Cuando el componente no sea de la misma marca o modelo del sustituido, debe existir la aprobación técnica correspondiente del Ministerio del Transporte.

Puede consultarse el listado de [entidades importadoras y comercializadoras de vehículos en Cuba](https://cubatramite.com/entidades-importadoras-y-comercializadoras-de-vehiculos-en-cuba/?utm_source=chatgpt.com).

> La adquisición del componente no autoriza por sí sola su instalación. Antes de ejecutar el trabajo debe consultarse con la autoridad administrativa del transporte si se requiere aprobación o Proyecto Técnico. También deberá acreditarse posteriormente el origen legal del componente y el destino final del que se sustituye.

### 11.- ¿Por qué no se puede aumentar la capacidad de carga del vehículo?

La capacidad de carga **forma parte de las características técnicas para las que fue diseñado el vehículo**.

Aumentarla puede someter el bastidor, la suspensión, los neumáticos, los ejes y el sistema de frenos a esfuerzos superiores a los previstos por el fabricante. También puede modificar la distribución del peso, la estabilidad y la distancia necesaria para detener el vehículo.

Por estas razones, **no se autorizan cambios o conversiones que aumenten la capacidad de carga establecida**.

### 12.- ¿Por qué no se permite aumentar el largo o el ancho original del vehículo?

El aumento del largo o del ancho **puede alterar**:

- La estabilidad y el centro de gravedad.
- La capacidad de maniobra.
- Los ángulos de giro.
- La distribución del peso.
- El comportamiento durante el frenado.
- La correspondencia entre el bastidor y la carrocería.

Por ello, **no se autorizan conversiones** que aumenten las dimensiones máximas originales de largo o ancho del vehículo.

### 13.- ¿Se puede instalar un motor con una potencia superior a la del motor original?

Puede autorizarse la instalación de un motor de características diferentes, siempre que **se cumplan los requisitos técnicos** y el incremento no exceda el límite establecido respecto de la potencia del motor original de fábrica.

No se autoriza cuando la potencia supera el límite del **50 % establecido en relación con el motor original**.

Esta restricción busca evitar que la transmisión, el sistema de frenos, la suspensión, el bastidor y otros componentes trabajen por encima de las condiciones para las que fueron diseñados.

La modificación requiere Proyecto Técnico cuando la instalación del nuevo motor implica características diferentes o trabajos de adaptación.

### 14.- ¿Se puede convertir una motocicleta de menos de 250 cc en triciclo o adicionársele un sidecar?

**No**. La normativa no autoriza convertir una motocicleta de menos de **250 cc** en triciclo ni pasarla de motocicleta sencilla a motocicleta con *sidecar*.

La restricción pretende evitar que el aumento de peso, pasajeros o carga afecte la potencia disponible, la estabilidad y el comportamiento del vehículo.

Sí puede retirarse o instalarse un *sidecar* sin Proyecto Técnico cuando:

- La motocicleta tenga la cilindrada permitida.
- El modelo contemple el *sidecar* como una de sus variantes.
- No sea necesario modificar o adaptar el cuadro.

### 15.- ¿Por qué deben certificarse determinadas soldaduras realizadas en el vehículo?

Las soldaduras efectuadas en los cuadros de motocicletas y ciclomotores, o en componentes relacionados con los sistemas de dirección y frenado, afectan elementos esenciales para la seguridad del vehículo.

Una soldadura defectuosa puede debilitarse por los esfuerzos, impactos y vibraciones producidos durante la circulación y provocar la pérdida de estabilidad, dirección o capacidad de frenado.

Por ello, cuando una modificación autorizable requiera estas soldaduras, debe **acreditarse su calidad mediante una certificación expedida** por una entidad competente.

### 16.- ¿Dónde se certifican las soldaduras realizadas en componentes esenciales del vehículo?

La certificación debe emitirla una **entidad competente que disponga de la tecnología y la habilitación necesarias** para comprobar la calidad de las soldaduras.

Antes de ejecutar estos trabajos, el interesado debe consultar con la autoridad administrativa del transporte:

- Si la soldadura puede ser autorizada.
- Qué requisitos técnicos debe cumplir.
- Cuál es la entidad facultada en su territorio para certificarla.

### 17.- ¿Se puede instalar un motor, carrocería, cabina, chasis o cuadro de motocicleta de diferente año de fabricación?

La diferencia en el año de fabricación **no impide automáticamente la sustitución**, siempre que el componente:

- Sea de la misma marca y modelo del que se repone.
- Resulte técnicamente compatible con el vehículo.
- Tenga un origen legal acreditado.
- Cumpla los requisitos de aprobación, instalación y registro correspondientes.

En el caso de una **carrocería de igual marca y modelo, pero de diferente año de fabricación**, debe comprobarse que sea compatible por sus dimensiones y diseño y obtenerse previamente la aprobación del Ministerio del Transporte.

Si el componente también es de diferente marca o modelo, su instalación queda condicionada a la evaluación y aprobación técnica correspondiente.

### 18.- ¿Se puede convertir un automóvil de paseo en camioneta de carga o de pasajeros?

**Sí**, puede autorizarse, pero la conversión requiere **Proyecto Técnico y Dictamen Técnico**.

La modificación debe respetar las siguientes condiciones:

- No aumentar las dimensiones máximas originales de largo y ancho.
- No aumentar la capacidad de carga para la que fue diseñado el vehículo.
- No cambiar la marca ni el modelo de la carrocería.
- Mantener las condiciones de estabilidad y seguridad.
- No superar, con el peso de la carga o de los pasajeros, la capacidad correspondiente al antiguo maletero y a los pasajeros del asiento trasero.

### 19.- ¿Se puede convertir un automóvil de paseo en convertible?

**Sí**. Esta conversión puede autorizarse, pero requiere:

- Aprobación previa de la autoridad administrativa del transporte.
- Elaboración y aprobación de un Proyecto Técnico.
- Ejecución en el taller autorizado.
- Revisión Técnica Automotor.
- Emisión del Dictamen Técnico.
- Actualización de los datos en el Registro de Vehículos.

La modificación **no puede afectar las condiciones de resistencia estructural**, estabilidad ni seguridad del vehículo.

### 20.- ¿Se puede realizar primero el cambio o conversión y solicitar después su autorización?

**No**. La autorización debe obtenerse **antes de comenzar los trabajos**.

La autoridad administrativa del transporte debe evaluar previamente:

- La modificación que se pretende realizar.
- Si resulta necesario un Proyecto Técnico.
- La compatibilidad de los componentes.
- El taller donde se ejecutarán los trabajos.
- El cumplimiento de las condiciones de seguridad.

La compra o posesión de un componente tampoco autoriza por sí sola su instalación.

Si se ejecuta una modificación sin aprobación, **esta puede ser rechazada y el vehículo podría tener que regresar a su estado anterior**, sin perjuicio de las medidas administrativas aplicables.

### 21.- ¿Se puede convertir un vehículo eléctrico para que funcione con un motor de combustión?

**No se autoriza** sustituir el motor eléctrico de un vehículo por un motor de combustión interna que emplee combustibles fósiles.

Sin embargo, el Decreto 163/2026 introdujo una excepción diferente: a un vehículo eléctrico se le puede instalar un **extensor de autonomía**, mediante el procedimiento autorizado de cambios y conversiones.

En ese caso:

- El vehículo pasa a clasificarse como **híbrido**.
- La instalación debe ser aprobada técnicamente.
- Deben cumplirse los pasos correspondientes al cambio o conversión.
- La nueva clasificación debe formalizarse ante el Registro de Vehículos.

### 22.- ¿Se pueden inscribir vehículos ensamblados por partes y piezas?

Solo cuando el vehículo esté comprendido en un procedimiento autorizado y cumpla los requisitos de homologación e inscripción correspondientes.

**No todos los vehículos ensamblados por partes y piezas pueden inscribirse automáticamente**.

Deben distinguirse dos situaciones:

1. **Vehículos ensamblados por personas naturales antes de la autorización del nuevo régimen** Solo pueden legalizarse cuando estén comprendidos en un proceso excepcional de censo, homologación e inscripción convocado por las autoridades y cumplan los requisitos técnicos exigidos. Para conocer la convocatoria, las etapas y los requisitos, se debe consultar: [Registro y homologación de vehículos armados por partes y piezas en Cuba](https://cubatramite.com/homologacion-inscripcion-o-reinscripcion-de-forma-excepcional-de-vehiculos-de-motor-ensamblados-por-partes-y-piezas/).
2. **Fabricación o ensamblaje bajo el nuevo régimen** El Decreto-Ley 122/2026 permite la fabricación y el ensamblaje de vehículos a partir de partes y piezas adquiridas lícitamente. No obstante, esta actividad debe realizarse mediante **personas jurídicas autorizadas**, con:
   - Aprobación del proyecto.
   - Certificación de la línea de producción.
   - Homologación del modelo.
   - Autorización de las marcas y componentes.
   - Cumplimiento de las condiciones de garantía y servicio posventa.
   - Inscripción y control ante el Registro de Vehículos.

### 23.- ¿Dónde solicitar orientación sobre un cambio o conversión específico?

Cuando existan dudas sobre la viabilidad técnica de una modificación, el interesado debe consultar primero a la **autoridad administrativa del transporte correspondiente a su domicilio**.

También puede solicitar orientación mediante los canales de atención a la ciudadanía del [Ministerio del Transporte](https://www.mitrans.gob.cu/?utm_source=chatgpt.com).

- **Dirección:** Ave. Independencia entre Tulipán y Lombillo, Plaza de la Revolución, La Habana.
- **Correo electrónico:**[atencionciudadana@nc.mitrans.gob.cu](mailto:atencionciudadana@nc.mitrans.gob.cu)
- **Teléfonos:** +53 7881 8513 / 7881 0931

Es recomendable realizar la consulta antes de:

- Comprar un motor, carrocería u otro componente.
- Contratar un Proyecto Técnico.
- Elegir el taller.
- Comenzar cualquier modificación.

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#### Te puede interesar:

> [Censo y homologación de vehículos ensamblados por partes y piezas](https://cubatramite.com/homologacion-inscripcion-o-reinscripcion-de-forma-excepcional-de-vehiculos-de-motor-ensamblados-por-partes-y-piezas/)

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## Fundamento Legal

- [Ley 109 de 2010 de Asamblea Nacional del Poder Popular](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/ley-109-de-2010-de-asamblea-nacional-del-poder-popular). Regula las actuaciones ante el Registro de Vehículos. Sus artículos 217 y 218 establecen la obligación de comunicar los cambios y conversiones dentro de los treinta días siguientes y determinan cuáles modificaciones requieren autorización previa del Ministerio del Transporte. Consultar la versión anotada y concordada publicada en 2026. Gaceta Oficial Ordinaria No. 40, de 17 de septiembre de 2010.
- **[Resolución 349 de 2019 del Ministerio del Transporte](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2019-o75.pdf?utm_source=chatgpt.com).** Aprueba el Reglamento para la realización de cambios y conversiones de vehículos de motor, remolques y semirremolques. Regula la solicitud, el Proyecto Técnico, la ejecución de los trabajos, la Revisión Técnica Automotor, el Dictamen Técnico y la actualización posterior en el Registro de Vehículos. Gaceta Oficial No. 75 Ordinaria de 2019.
- **[Decreto 163 de 2026 del Consejo de Ministros](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-o65_0.pdf).** Regula la transmisión, importación y comercialización de motores, bloques de cilindros, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motocicletas; su adquisición por reposición; la baja y destino final de los componentes sustituidos; y la posibilidad de instalar extensores de autonomía en vehículos eléctricos mediante el procedimiento de cambios y conversiones. Gaceta Oficial No. 65 Ordinaria de 2026.
- **[Resolución 52 de 2026 del Ministerio del Transporte](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-o65_0.pdf).** Establece las regulaciones complementarias sobre comercialización, importación, fabricación, ensamblaje, recuperación y desarme de vehículos, así como la actuación del Comité Evaluador de Medios Automotores. Gaceta Oficial No. 65 Ordinaria de 2026.
- **[Ley 113 de 2012 de Asamblea Nacional del Poder Popular](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/ley-113-de-2012-de-asamblea-nacional-del-poder-popular-0)**. Regula, entre otros tributos, el Impuesto sobre el Transporte Terrestre y el Impuesto sobre Documentos.
- **[Decreto Ley 21 de 2020 de Consejo de Estado](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/decreto-ley-21-de-2020-de-consejo-de-estado)**. Modifica la Ley 113 de 2012 en relación con los tributos y las cuantías aplicables mediante sellos del timbre. Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria de 2020.
- **[Resolución 355 de 2003 de Ministerio de Finanzas y Precios](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-355-de-2003-de-ministerio-de-finanzas-y-precios)**. Regula el Impuesto sobre el Transporte Terrestre y su pago por las personas naturales y jurídicas propietarias o poseedoras de vehículos.
- **[Resolución 319 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-319-de-2020-de-ministerio-de-finanzas-y-precios).** Establece las tarifas máximas en pesos cubanos por el servicio de Revisión Técnica Automotor. Gaceta Oficial No. 70 Extraordinaria de 2020.

### Normas aplicables al ensamblaje y homologación

- **[Decreto-Ley 122 de 2026 del Consejo de Estado](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-o65_0.pdf).** Modifica el artículo 229 del Código de Seguridad Vial y autoriza la fabricación y el ensamblaje de vehículos a partir de partes y piezas adquiridas lícitamente, conforme a las condiciones establecidas por el Consejo de Ministros.
- **[Resolución 200 de 2021 del Ministerio del Transporte](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2021-ex63-1.pdf)**[.](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2021-ex63-1.pdf) Aprueba el procedimiento excepcional y por única vez para la homologación de vehículos de motor, remolques y semirremolques ensamblados por partes y piezas. Gaceta Oficial No. 63 Extraordinaria de 2021.

- [Ley No. 109 del Código de Seguridad Vial](https://drive.google.com/open?id=1naCTj-tIOnsulpKaM2R6-ra8IHoA273_).
- [Ley No. 113/2012](https://drive.google.com/open?id=1DACXjRAkJTxmig9bC26Y3x6z7Vlrgvzh) del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios, de 23 de julio de 2012.
- [Resolución No. 355/2003](https://drive.google.com/file/d/19b_q7rvWUD1tzKkF9S0rpB0AeF0yjTI2/view). Regula el Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
- [Resolución No. 349 del Ministerio del Transporte](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-349-de-2019-de-ministerio-del-transporte) (MITRANS). Establece el reglamento para los cambios y conversiones de vehículos de motor, remolques y semirremolques. Gaceta Oficial No. 75 de 2019.
- [Resolución 200 de 2021 de Ministerio del Transporte](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2021-ex63-1.pdf). Aprueba el procedimiento que establece de forma excepcional y por única vez las regulaciones que garanticen el proceso de homologación de vehículos de motor, remolques y semirremolques. Gaceta Oficial No. 63 Extraordinaria de 2021.
- [Decreto 83 de 2023 de Consejo de Ministros](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2023-ex16_0.pdf). “De la trasmisión de la propiedad de vehículos de motor, remolques y semirremolques, su comercialización e importación”. Gaceta Oficial No. 16 Extraordinaria de 2023.

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## Referencia

- [Ministerio del Interior de Cuba](https://www.minint.gob.cu/)
- [Ministerio del Transporte de Cuba](https://www.mitrans.gob.cu/)

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