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title: "Recuperación de la ciudadanía cubana"
description: "La ciudadanía cubana puede recuperarse por única vez por aquellas personas que hayan sido privadas, la hayan perdido o renunciado a ella, siempre que cumplan con los requisitos y formalidades establecidos en la Ley."
url: https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/
date: 2024-12-07
modified: 2025-11-11
author: "CubaTrámite"
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categories: ["Consulados de Cuba en el exterior", "Identidad y Migración", "Trámites en Cuba", "Trámites en el Exterior"]
tags: ["Ciudadanía cubana", "Cuba", "Identidad en Cuba"]
type: post
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# Recuperación de la ciudadanía cubana

La nueva ley de Ciudadanía y su reglamento entrarán en vigor **180 días después** de su publicación en la **Gaceta Oficial de la República de Cuba**.

Aunque esta ley fue aprobada en **julio de 2024**, aún no ha sido publicada oficialmente, por lo que su **implementación sigue pendiente**.

**La ciudadanía cubana puede recuperarse por única vez** por aquellas personas que hayan sido privadas, la hayan perdido o renunciado a ella, siempre que cumplan con **los requisitos y formalidades** establecidos en la Ley.

La recuperación de la ciudadanía cubana se resuelve:

- **Por Resolución del Ministro del Interior**, en la mayoría de los casos.
- **Por Decreto del Presidente de la República de Cuba**, cuando la pérdida o renuncia a la ciudadanía fue dispuesta bajo su competencia.

El proceso de recuperación está sujeto a evaluación y aprobación conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

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ÍNDICE DEL CONTENIDO
[Toggle](#)

- [REQUISITOS](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#REQUISITOS)
- [COSTOS](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#COSTOS)
- [DÓNDE PRESENTAR EL TRÁMITE](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#DONDE_PRESENTAR_EL_TRAMITE)
- [HORARIOS DE ATENCIÓN](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#HORARIOS_DE_ATENCION)
- [TIEMPOS DE RESOLUCIÓN](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#TIEMPOS_DE_RESOLUCION)
- [PREGUNTAS FRECUENTES](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#PREGUNTAS_FRECUENTES)
  - [1.- ¿Si un ciudadano cubano adquiere otra ciudadanía pierde la ciudadanía cubana?](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#1-_%C2%BFSi_un_ciudadano_cubano_adquiere_otra_ciudadania_pierde_la_ciudadania_cubana)
  - [2.- ¿Cuáles son las causas para la pérdida de la ciudadanía cubana?](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#2-_%C2%BFCuales_son_las_causas_para_la_perdida_de_la_ciudadania_cubana)
  - [3.- ¿Cuáles son las causas para la privación de la ciudadanía cubana?](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#3-_%C2%BFCuales_son_las_causas_para_la_privacion_de_la_ciudadania_cubana)
  - [4.- ¿Es posible presentar una única solicitud para la recuperación de la ciudadanía cubana por varios miembros de una familia?](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#4-_%C2%BFEs_posible_presentar_una_unica_solicitud_para_la_recuperacion_de_la_ciudadania_cubana_por_varios_miembros_de_una_familia)
- [Fundamento Legal](https://cubatramite.com/recuperacion-de-la-ciudadania-cubana/#Fundamento_Legal)

## REQUISITOS

**Todas las personas que hayan sido privadas, pierdan o a las que se le apruebe su solicitud de renuncia a la ciudadanía cubana, podrán solicitar su recuperación, siempre que cumpla con los requisitos siguientes:**

1. **Escrito de solicitud** que debe contener los siguientes datos:  
   - Autoridad de ciudadanía a la que se dirige la solicitud;
   - identificación del interesado o su representante, con su nombre y apellidos, número de identidad y domicilio;
   - formulación de la solicitud, con la exposición de los hechos y los fundamentos en que se sustentan;
   - vías de comunicación de las que dispone para las notificaciones y comparecencias que resulten necesarias;
   - lugar y fecha de la solicitud y la firma del interesado o su representante legal designado.
2. Acreditar mediante el Decreto Presidencial, Resolución, o certificación correspondiente del Registro de Ciudadanía, la privación, pérdida o [renuncia a la ciudadanía cubana](https://cubatramite.com/renuncia-de-la-ciudadania-cubana/).
3. Acreditar, por medios de prueba razonables en derecho la inexistencia o supresión de las causas que dieron lugar a la privación o pérdida de la ciudadanía o que se invocaron por el interesado para solicitar la renuncia.
4. **Transcurrir como mínimo cinco (5) años** desde la fecha en que se aprobó la renuncia, privación o la pérdida de la ciudadanía cubana.

**Para la recuperación de la ciudadanía cubana deben presentar los documentos siguientes:  **

1. Presentar Declaración Jurada otorgada ante Notario Público, mediante la cual solicite recuperar la ciudadanía cubana y exprese su juramento de cumplir con la Constitución de la República de Cuba, las demás leyes y disposiciones jurídicas vigentes en el país.
2. Certificación de su estado de salud.
3. Certificación de solvencia económica y de los medios de vida que dispone;
4. Posibilidades de reinserción social.
5. Certificación de antecedentes penales en el país donde reside o del cual es ciudadano y de que no cuenta con causa penal pendiente de cumplimiento o delito por el que se encuentra perseguido.
6. Acreditar las condiciones objetivas de las cuales dispone para residir en el territorio nacional.

**IMPORTANTE**: La autoridad de ciudadanía actuante, procederá a realizar, las verificaciones que se estimen para conocer y formar convicción de que el solicitante cumple con lo establecido en la Ley y cuenta con las condiciones para reintegrarse a la ciudadanía cubana.

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## COSTOS

No tiene costo.

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## DÓNDE PRESENTAR EL TRÁMITE

Las solicitudes de recuperación de la ciudadanía cubana se presentan por los interesados o sus representantes legales designado, **ante la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior o el Consulado de la República de Cuba correspondiente en el país donde se encuentre el interesado**.

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## HORARIOS DE ATENCIÓN

Horario laboral de atención al público.

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## TIEMPOS DE RESOLUCIÓN

El procedimiento de recuperación de la ciudadanía cubana, cuentan con un término de **hasta ciento ochenta (180) días naturales para su conclusión**, contados a partir de la fecha en que se acepta la solicitud.

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## PREGUNTAS FRECUENTES

### 1.- ¿Si un ciudadano cubano adquiere otra ciudadanía pierde la ciudadanía cubana?

No. **La adquisición de otra ciudadanía no implica la pérdida de la ciudadanía cubana**.

Los ciudadanos cubanos, mientras se encuentren en Cuba, se rigen por esa condición, y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera.

### 2.- ¿Cuáles son las causas para la pérdida de la ciudadanía cubana?

La pérdida de la ciudadanía cubana es un procedimiento que se realiza de oficio y se aplica en los siguientes casos:

- Cuando la ciudadanía cubana se haya adquirido en fraude de ley.
- Cuando una persona que haya obtenido la ciudadanía cubana por naturalización, estando en el extranjero, no ratifique su voluntad de mantenerla ante la oficina consular cubana correspondiente en un plazo de:
  - Tres (3) años posteriores a su salida del país.
  - Tres (3) años desde la última ratificación.

La autoridad de ciudadanía solo puede concluir un expediente de pérdida de la ciudadanía cubana cuando se verifique de manera indubitable, que existe una causal que justifique esta pérdida.

### 3.- ¿Cuáles son las causas para la privación de la ciudadanía cubana?

La privación de la ciudadanía cubana es un procedimiento que se realiza de oficio y solo puede aplicarse por causas legalmente establecidas.

Un cubano puede ser privado de su ciudadanía si:

- Se alista en una organización armada con el objetivo de atentar contra la integridad territorial del Estado cubano, sus ciudadanos o residentes en el país.
- Realiza, desde el extranjero, actos contrarios a los intereses políticos, económicos y sociales de la República de Cuba, siempre que así lo determine la autoridad competente en materia de ciudadanía.

En los casos donde una persona incurra en una causal de privación de la ciudadanía que cause un grave perjuicio al país, relacionado con, la seguridad nacional, la estabilidad del Estado, las relaciones internacionales, o la salud general de la población, la autoridad de ciudadanía puede dictar un Decreto Presidencial sin necesidad de cumplir con los requisitos y formalidades habituales para la tramitación del expediente.

### 4.- ¿Es posible presentar una única solicitud para la recuperación de la ciudadanía cubana por varios miembros de una familia?

Sí, es posible. En un mismo escrito pueden incluirse las solicitudes de dos o más interesados siempre que se trate de:

- Un matrimonio o una unión de hecho socioafectiva, y
- Sus hijos menores de edad.

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## Fundamento Legal

- [Ley de Ciudadanía](https://www.parlamentocubano.gob.cu/sites/default/files/documento/2024-06/proyecto-ley-de-ciudadania_2.pdf). Asamblea Nacional de Poder Popular. Aprobada el viernes 19 de julio de 2024.
- [Ley de Migración](https://www.parlamentocubano.gob.cu/sites/default/files/documento/2024-07/16.proyecto-ley-migracion-ultima-version.pdf). Asamblea Nacional de Poder Popular. Aprobada el viernes 19 de julio de 2024. Actualiza la Ley 1312 “Ley de Migración” del 20 de septiembre de 1976, y el Decreto de Ley No. 302, modificativo de la Ley 1312.

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