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title: "Devolución de ingresos tributarios indebidos o en exceso"
description: "El derecho a la devolución de un ingreso indebido o en exceso, prescribe al año de efectuado (o declarado) el ingreso."
url: https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/
date: 2021-01-21
modified: 2025-11-10
author: "CubaTrámite"
categories: ["Registros en Cuba"]
tags: ["Cuba", "Registro de Contribuyentes"]
type: post
lang: es
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# Devolución de ingresos tributarios indebidos o en exceso

La **devolución de ingresos** tributarios indebidos o en exceso puede ser tramitada u ordenada:

- **Por solicitud del contribuyente**: cuando reconozca que ha aportado **un pago indebido o en exceso** al Presupuesto del Estado, relacionado con tributos asociados a la actividad: impuestos, tasas o contribuciones.
- **De oficio**: cuando la autoridad fiscal tiene conocimiento o detecta el perjuicio ocasionado al contribuyente. Se ordena por el Jefe de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT).

El derecho a la devolución de un ingreso indebido o en exceso prescribe al año de efectuado (o declarado) el ingreso.

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ÍNDICE DEL CONTENIDO
[Toggle](#)

- [Más información](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#Mas_informacion)
  - [Preguntas frecuentes](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#Preguntas_frecuentes)
    - [1.- ¿Cuáles pueden ser las causas para que el contribuyente reclame un ingreso indebido o en exceso?](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#1-_%C2%BFCuales_pueden_ser_las_causas_para_que_el_contribuyente_reclame_un_ingreso_indebido_o_en_exceso)
    - [2.- ¿Cuáles pueden ser las causas para la devolución por oficio de un ingreso indebido o en exceso?](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#2-_%C2%BFCuales_pueden_ser_las_causas_para_la_devolucion_por_oficio_de_un_ingreso_indebido_o_en_exceso)
    - [3.- ¿Cuál es el proceso de tramitación para las devoluciones de ingresos indebidos o en exceso ordenadas por la Oficina Nacional de Administración Tributaria?](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#3-_%C2%BFCual_es_el_proceso_de_tramitacion_para_las_devoluciones_de_ingresos_indebidos_o_en_exceso_ordenadas_por_la_Oficina_Nacional_de_Administracion_Tributaria)
    - [4.- ¿En qué tiempo y cómo se efectúa la devolución de un ingreso tributario indebido o en exceso?](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#4-_%C2%BFEn_que_tiempo_y_como_se_efectua_la_devolucion_de_un_ingreso_tributario_indebido_o_en_exceso)
    - [5.- ¿Dónde recibe el contribuyente el reintegro de las devoluciones tributarias indebidas o en exceso?](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#5-_%C2%BFDonde_recibe_el_contribuyente_el_reintegro_de_las_devoluciones_tributarias_indebidas_o_en_exceso)
    - [6.- ¿En qué moneda se establecen las devoluciones por ingresos indebidos o en exceso, a partir del ordenamiento monetario?](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#6-_%C2%BFEn_que_moneda_se_establecen_las_devoluciones_por_ingresos_indebidos_o_en_exceso_a_partir_del_ordenamiento_monetario)
  - [Fundamento Legal](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#Fundamento_Legal)
  - [Referencia](https://cubatramite.com/devolucion-de-ingresos-tributarios-indebidos-o-en-exceso/#Referencia)

## Requisitos

El contribuyente debe presentar:

- Escrito de solicitud donde consten:
  - Nombre si es persona natural o denominación social si es una persona jurídica.
  - Domicilio legal y demás generales del contribuyente.
  - Número de Identificación Tributaria (NIT).
  - Número de cuenta y sucursal bancarias donde realiza sus operaciones.
  - Fecha y referencia del aporte al Presupuesto  del Estado.
- Documentos que acrediten el pago cuya devolución se solicita.
- Estados financieros correctamente acuñados y firmados por la máxima instancia de dirección de la entidad, cuando el aporte erróneo o en exceso de lo debido se relacione con tributos asociados a la actividad. En el caso de las personas naturales que lleven contabilidad, deben estar firmados por el titular.
- Resolución dictada por la autoridad competente, en la que consten las razones por las cuales procede la devolución, cuando la solicitud sea sobre ingresos no tributarios.
- Otros documentos de los cuales intente valerse el solicitante o cuya presentación requiera la Administración Tributaria.

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## Costos

No tiene costo.

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## Dónde presentar el trámite

En las **[oficinas Provinciales y municipales de la ONAT](https://cubatramite.com/oficinas-de-la-administracion-tributaria-onat/)**.

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## Horarios de atención

- **De lunes a viernes**: de 8:00 am a 12:00 m y de 1:00 pm a 5:00 pm.
- **Sábados**: de 8.00 am a 12.00 m.

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## Tiempos de resolución

En **el término de 1 año**, para realizar el resarcimiento del pago indebido o en exceso, a partir de que la autoridad fiscal tenga conocimiento o detecte el perjuicio ocasionado.

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# Más información

## Preguntas frecuentes

### 1.- ¿Cuáles pueden ser las causas para que el contribuyente reclame un ingreso indebido o en exceso?

Las devoluciones de ingresos tributarios indebidos o en exceso tienen su origen en:

- Errores de cálculo en la determinación de los tributos y aportes no tributarios a que están obligados los contribuyentes.
- Pagos en exceso de lo debido.
- Duplicidad en el pago de impuestos.

### 2.- ¿Cuáles pueden ser las causas para la devolución por oficio de un ingreso indebido o en exceso?

Las devoluciones de ingresos de oficio se ordenan por el Jefe de la Oficina Nacional de Administración Tributaria, cuando se produzca un perjuicio al contribuyente.

Se establecen a partir de que la autoridad fiscal tiene conocimiento o detecta el perjuicio ocasionado.

Entre las causas de un ingreso indebido o en exceso se encuentran:

- Interpretación incorrecta de las normas por parte de la Administración Tributaria o por los contribuyentes.
- No conceder el otorgamiento de un Beneficio Fiscal autorizado, en el término correspondiente.
- Actuación excesiva o incorrecta del sujeto retentor o perceptor.
- Se demuestre la no procedencia del tributo.
- Exigencia por Resolución de la Administración Tributaria instando al sujeto pasivo u obligado tributario, a la rectificación de su declaración-liquidación o por autoliquidación a raíz de la cual se haya detectado un error o ingreso indebido.
- Errores de cuantificación de la obligación o de la deuda tributaria.
- Duplicidad en el pago o pago excesivo en relación con la liquidación administrativa o autoliquidación.
- Ingresar aportes al Presupuesto del Estado con posterioridad a la prescripción.
- Procesos de Revisión Excepcional de actos tributarios, declaración de nulidad de pleno derecho o infracción manifiesta de la ley emitida por el Tribunal correspondiente.
- Detección de pagos realizados en exceso, comprobados en Auditorías Fiscales efectuadas posterior a la fecha de la obligación del pago.

### 3.- ¿Cuál es el proceso de tramitación para las devoluciones de ingresos indebidos o en exceso ordenadas por la Oficina Nacional de Administración Tributaria?

El proceso para tramitar las devoluciones de ingresos indebidos o en exceso ordenadas por la Oficina Nacional de Administración Tributaria ONAT se realiza como sigue:

**Paso 1**: La Oficina Municipal de la ONAT, previa solicitud del interesado o de oficio, emite Resolución para ordenar la devolución de ingresos según se detalla:

1. Envía al área de Tesorería que corresponda un ejemplar certificado del original de la Resolución, de personas naturales o de personas jurídicas, especificando los párrafos y presupuestos que correspondan y sus importes.
2. Las devoluciones de ingresos se realizan en el municipio de residencia legal del contribuyente.

**Paso 2**: La Oficina Municipal de la ONAT entrega los lunes de cada semana, al área de Tesorería de la Dirección Municipal de Finanzas y Precios, los ejemplares certificados de las resoluciones de devoluciones de ingresos que emitió la semana anterior, para que proceda a darle el tratamiento que por este procedimiento se establece.

**Paso 3**: La entrega semanal de las resoluciones de devoluciones de ingresos a que se refiere el Paso 2, se realiza mediante documento de entrega-recepción, en el que se relacionan detalladamente las resoluciones ordenadas (con número de la resolución, fecha e importe, nombre del beneficiario, número de identificación tributaria o carné de identidad), en dos ejemplares, el que debe ser firmado por el funcionario de la ONAT que entrega y por el funcionario de la Tesorería que recibe la documentación.

**Paso 4**: La ONAT, en una misma Resolución, puede ordenar la devolución de más de un párrafo de ingresos que correspondan a los presupuestos, central, provincial o municipal, según sea el caso.

**Paso 5**: Cuando en una misma resolución se ordenan devoluciones de ingresos, que afectan a más de un presupuesto, la ONAT Municipal emite los ejemplares que corresponden a cada nivel presupuestario, para el trámite que cada caso requiere.

**Paso 6**: Las resoluciones de devoluciones de ingresos que ordenan las oficinas municipales de la ONAT, que corresponden a los presupuestos Central, de la Seguridad Social y Provincial, las envían a las oficinas provinciales de la ONAT los lunes de cada semana.

### 4.- ¿En qué tiempo y cómo se efectúa la devolución de un ingreso tributario indebido o en exceso?

Las áreas de Tesorería de las direcciones provinciales y municipales de Finanzas y Precios **efectúan las devoluciones de ingresos, en correspondencia con las disponibilidades de recursos financieros en las cuentas distribuidoras que administran**, pudiendo realizarlas de **forma fraccionada**, dentro de los límites del plan aprobado para cada presupuesto y estableciendo el control correspondiente **hasta su total liquidación**.

### 5.- ¿Dónde recibe el contribuyente el reintegro de las devoluciones tributarias indebidas o en exceso?

A los efectos de facilitar el trámite de reintegro del efectivo a los beneficiarios, se establece que los mismos se realicen de la siguiente manera:

- Si es persona jurídica, se reintegra en la cuenta corriente de la sucursal bancaria en la que realiza sus operaciones.
- Si es persona natural que posee cuenta bancaria, se reintegra en la cuenta corriente de la sucursal bancaria en la que realiza sus operaciones.
- Si es persona natural que no posee cuenta bancaria, se reintegra en efectivo en la sucursal del banco más cercana al domicilio legal del contribuyente.

### 6.- ¿En qué moneda se establecen las devoluciones por ingresos indebidos o en exceso, a partir del ordenamiento monetario?

Una vez que ha sido decretado el ordenamiento monetario, las devoluciones de ingresos se realizan en pesos cubanos.

La devolución de los **importes pendientes a las personas naturales**, en pesos cubanos, se realiza multiplicando el importe a devolver en pesos convertibles por la tasa de cambio vigente.

La devolución de los **importes pendientes a las personas jurídicas** se reintegra en pesos cubanos a la tasa de cambio de un peso convertible por un peso cubano.

Las personas naturales y jurídicas tienen hasta 3 meses para presentar la reclamación a las entidades autorizadas a solicitar devoluciones de ingresos.

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## Fundamento Legal

- **[Resolución No. 339/2020](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2020-ex71_0.pdf)**. Establece las regulaciones para el control, registro e información de las devoluciones de ingresos indebidos o en exceso de lo debido y otros conceptos de ingresos del Presupuesto del Estado, en lo adelante devoluciones de ingresos, en la Dirección de Tesorería y Crédito Público de la Dirección General de Ejecución de este Ministerio, en las áreas de Tesorería de las direcciones provinciales y municipales de Finanzas y Precios y del municipio especial Isla de la Juventud, así como en los organismos y entidades autorizados, a partir del momento de la entrada en vigor del ordenamiento monetario en el país.

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## Referencia

[ONAT](https://www.onat.gob.cu/)

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