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title: "Cambio de chapa de identificación de vehículos en Cuba"
description: "El cambio de las matrículas o chapas de identificación de vehículos motor en Cuba, se tramita cuando se tiene una chapa desactualizada, o cuando la misma se haya extraviado o deteriorado."
url: https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/
date: 2020-04-25
modified: 2026-08-16
author: "CubaTrámite"
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categories: ["Trámites en Cuba", "Tránsito"]
tags: ["Cuba", "Registro de Vehículos en Cuba", "Trámites de Tránsito en Cuba", "Vehículos Cuba"]
type: post
lang: es
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# Cambio de chapa de identificación de vehículos en Cuba

El **cambio de la matrícula o chapa de identificación de vehículos de motor** en Cuba se tramita cuando la chapa se ha extraviado, deteriorado, resulta ilegible, o cuando se requiere su actualización.

> La chapa de identificación permite individualizar al vehículo inscrito y debe mantenerse correctamente colocada, legible y en buen estado.

Desde 2013 se aplica en Cuba el actual sistema alfanumérico de chapas de identificación, establecido mediante la Resolución No. 1 de 2013 del Ministerio del Interior y modificado posteriormente.

Desde el 24 de marzo de 2026, la Resolución 7 de 2025 del MININT **amplió a seis dígitos el formato de las chapas de ciclomotores y motocicletas** para las nuevas inscripciones. Las chapas anteriores de cinco dígitos mantienen su plena validez, por lo que sus propietarios no tienen que solicitar su cambio.

> Las nuevas inscripciones de ciclomotores y motocicletas llevan una letra y seis números, con el dígito adicional ubicado en la parte superior derecha de la letra.

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ÍNDICE DEL CONTENIDO
[Toggle](#)

- [Requisitos](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Requisitos)
  - [Para el cambio o duplicado de la chapa por extravío o deterioro](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Para_el_cambio_o_duplicado_de_la_chapa_por_extravio_o_deterioro)
  - [Para la asignación de chapa durante la inscripción de ciclomotores y motocicletas](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Para_la_asignacion_de_chapa_durante_la_inscripcion_de_ciclomotores_y_motocicletas)
- [Costos](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Costos)
- [Dónde presentar el trámite](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Donde_presentar_el_tramite)
- [Horarios de atención](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Horarios_de_atencion)
- [Preguntas frecuentes](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Preguntas_frecuentes)
  - [1.- ¿Cuál es el diseño de las chapas de identificación de los vehículos en Cuba?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#1-_%C2%BFCual_es_el_diseno_de_las_chapas_de_identificacion_de_los_vehiculos_en_Cuba)
  - [2.- ¿Cuál es el tamaño de las de las chapas de identificación de los vehículos en Cuba?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#2-_%C2%BFCual_es_el_tamano_de_las_de_las_chapas_de_identificacion_de_los_vehiculos_en_Cuba)
  - [3.- En caso de compraventa, ¿el nuevo propietario tendría que cambiar la chapa del vehículo?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#3-_En_caso_de_compraventa_%C2%BFel_nuevo_propietario_tendria_que_cambiar_la_chapa_del_vehiculo)
  - [4.- ¿Qué debo hacer si el vehículo está averiado y no puedo trasladarlo al Registro para cambiar una chapa perdida o deteriorada?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#4-_%C2%BFQue_debo_hacer_si_el_vehiculo_esta_averiado_y_no_puedo_trasladarlo_al_Registro_para_cambiar_una_chapa_perdida_o_deteriorada)
  - [5.- Cuando se pierde la chapa de identificación, ¿se asigna la misma matrícula al vehículo?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#5-_Cuando_se_pierde_la_chapa_de_identificacion_%C2%BFse_asigna_la_misma_matricula_al_vehiculo)
  - [6.- ¿Pueden un agente de la policía de tránsito retirar las chapas si están ilegibles o si los datos del vehículo no coinciden con la licencia de circulación?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#6-_%C2%BFPueden_un_agente_de_la_policia_de_transito_retirar_las_chapas_si_estan_ilegibles_o_si_los_datos_del_vehiculo_no_coinciden_con_la_licencia_de_circulacion)
  - [7.- ¿Puedo circular si he perdido una de las chapas de identificación del vehículo?](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#7-_%C2%BFPuedo_circular_si_he_perdido_una_de_las_chapas_de_identificacion_del_vehiculo)
- [Fundamento Legal](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Fundamento_Legal)
- [Referencia](https://cubatramite.com/cambio-de-chapa-de-identificacion-del-vehiculo/#Referencia)

## Requisitos

### Para el cambio o duplicado de la chapa por extravío o deterioro

El propietario o poseedor legal del vehículo debe presentar:

1. **Documento de identidad**.
2. **Documento que acredite la representación**, cuando el trámite sea realizado por otra persona. En caso de representación voluntaria, puede presentarse un[poder especial](https://cubatramite.com/poder-especial-o-general/) otorgado para realizar el trámite.
3. [Licencia de circulación del vehículo](https://cubatramite.com/licencia-de-circulacion-de-vehiculo/).
4. **Constancia actualizada del **[pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre](https://cubatramite.com/pago-del-impuesto-sobre-el-transporte-terrestre/).
5. **Chapa de identificación deteriorada** o la chapa que todavía conserve el vehículo, cuando corresponda.
6. **Vehículo para su inspección**, en buen estado de limpieza y con sus elementos registrales accesibles para la comprobación.
7. **Sellos del timbre** por el importe correspondiente al trámite.

**Otros requisitos:**

- Cuando el propietario inscrito haya fallecido, debe presentarse la **documentación sucesoria que acredite quién está facultado para actuar respecto al vehículo** y, cuando corresponda, el documento que acredite la representación.
- Si el propietario requiere representación legal o medidas de apoyo para realizar el trámite, debe presentarse el **documento judicial, notarial o administrativo que acredite las facultades de la persona que actuará en su nombre**.

### Para la asignación de chapa durante la inscripción de ciclomotores y motocicletas

Cuando un ciclomotor o una motocicleta se inscribe por primera vez en el Registro de Vehículos, la chapa de identificación se asigna como parte del trámite de **inscripción inicial**. En este caso no se solicita un cambio de chapa independiente.

De manera general, para realizar la inscripción deben presentarse:

1. **Documento de identidad** del propietario o la identificación y credencial del representante de la persona jurídica, según corresponda.
2. **Documento que acredite la representación**, cuando el trámite sea realizado por otra persona.
3. **Ciclomotor o motocicleta para su inspección**, en buen estado técnico y de limpieza, con el sistema de luces y el aditamento destinado a colocar la chapa.
4. **Documento que acredite la adquisición o posesión legal del vehículo**, según su procedencia y fecha de adquisición:
   - Factura o contrato de compraventa emitido por una entidad comercializadora autorizada.
   - Certificado de importación o modelo de solicitud de inscripción emitido por la Aduana General de la República.
   - Declaración jurada, únicamente en los casos en que la legislación permita utilizarla.
5. **Importe correspondiente al Impuesto sobre Documentos** por la inscripción inicial y la pegatina identificativa.

Consulta los requisitos completos, costos y condiciones aplicables en: [Inscripción de ciclomotores y motocicletas en Cuba](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-inscripcion-de-ciclomotores/).

> IMPORTANTE: Las chapas de cinco dígitos de motocicletas y ciclomotores que ya fueron expedidas mantienen plena validez y sus propietarios no tienen que solicitar su sustitución. En las nuevas inscripciones realizadas desde el 24 de marzo de 2026 se expide una chapa con una letra y seis dígitos, conforme al formato establecido por la Resolución No. 7 de 2025 del Ministerio del Interior.

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## Costos

Las cuantías se pagan en **pesos cubanos** (CUP) por concepto del **Impuesto sobre Documentos**:

| **Trámite** | **Grupo 1** | **Grupo 2** |
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| Cambio de chapa de identificación | 40 | 1000 |
| Cambio o duplicado de la chapa por extravío o deterioro | 80 | 2000 |
| Expedición de chapa provisional, cuando corresponda | 40 | 1000 |

El **Grupo 1** comprende a las personas naturales residentes permanentes en Cuba; las entidades estatales; las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano; los sujetos que operan en el país al amparo de la Ley No. 118 «De la Inversión Extranjera»; los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias; y las organizaciones y asociaciones.

El **Grupo 2** comprende a las personas naturales que no posean residencia permanente en Cuba y a las sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional.

> IMPORTANTE: El cambio de chapa y el cambio o duplicado por extravío o deterioro son conceptos tributarios diferentes. No se pagan ambos importes por un mismo trámite. Cuando la sustitución se realiza por pérdida o deterioro, corresponde pagar 80 CUP para el Grupo 1 o 2000 CUP para el Grupo 2.

El Impuesto sobre Documentos puede pagarse mediante **sellos del timbre** o a través de los canales electrónicos habilitados, según corresponda.

Cuando la chapa se entrega como parte de la **primera inscripción de un ciclomotor o una motocicleta**, no se paga el concepto de cambio de chapa. En ese caso corresponden los importes de la inscripción inicial y de la pegatina identificativa, que pueden consultarse en el trámite de [inscripción de ciclomotores y motocicletas en Cuba](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-inscripcion-de-ciclomotores/).

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## Dónde presentar el trámite

El trámite se realiza **presencialmente** en la **oficina del Registro de Vehículos del Ministerio del Interior que corresponda al domicilio del propietario**.

Consulta las direcciones y datos de contacto disponibles en: [Oficinas del Registro de Vehículos en Cuba](https://cubatramite.com/oficinas-de-registro-de-vehiculos/).

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## Horarios de atención

Los horarios de atención de las oficinas del Registro de Vehículos varían según la provincia y el municipio. Consulta los horarios disponibles en el [directorio de oficinas del Registro de Vehículos](https://cubatramite.com/oficinas-de-registro-de-vehiculos/).

Se recomienda confirmar el horario antes de acudir, especialmente cuando el trámite se realice los sábados o en oficinas con jornadas de atención alternas.

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## Preguntas frecuentes

### 1.- ¿Cuál es el diseño de las chapas de identificación de los vehículos en Cuba?

Las chapas de los vehículos de motor, remolques y semirremolques utilizan una combinación alfanumérica sobre fondo blanco. En los automóviles y demás vehículos de cuatro o más ruedas, la matrícula** se compone de una letra y seis números, agrupados en dos bloques de tres**.

En el extremo izquierdo aparece verticalmente la palabra **CUBA**. En las chapas correspondientes a personas jurídicas, esta palabra se encuentra dentro de una banda de color azul, salvo las excepciones establecidas por el Ministerio del Interior.

Además, las chapas incorporan un número e **imágenes de la Isla de Cuba impresos mediante láser** como elementos de identificación y seguridad.

Las nuevas inscripciones de motocicletas y ciclomotores desde el 24 de marzo de 2026, reciben una chapa compuesta por una letra y seis dígitos. El sexto dígito se coloca en la parte superior derecha de la letra identificativa.

Las chapas inscritas antes de esa fecha pueden conservar la chapa de una letra y cinco dígitos que les fue expedida. Estas chapas mantienen plena validez.

En cuanto a las matrículas de vehículos, **se diferencian las que pertenecen a las personas naturales y las que pertenecen a las personas jurídicas**.Por ejemplo:

- **T**: vehículos de renta del turismo.
- **K **(con banda azul en el extremo izquierdo con la palabra Cuba en posición vertical): vehículos de personas jurídicas (empresas).
- **K** (sin banda azul): vehículos de extranjeros con residencia temporal.
- **F**: vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR).
- **M**: vehículos del Ministerio del Interior (MININT).
- **D, C y E**: vehículos del sector diplomático.
- **A**: vehículos de personas jurídicas asignados a determinados cargos autorizados por el Ministro del Transporte.
- **P, B, G, H, J, L, N, R, U, V, X, Y**: resto de vehículos estatales y vehículos particulares (privados).
- **Z, S y W** para instituciones religiosas, cooperativas y formas de gestión no estatal, correspondiendo las dos primeras a las motocicletas y ciclomotores, y la última al resto de las clases de vehículos.

### 2.- ¿Cuál es el tamaño de las de las chapas de identificación de los vehículos en Cuba?

Las chapas de las motocicletas y ciclomotores miden **20 centímetros de largo por 14 centímetros de alto**.

Las correspondientes al resto de los vehículos miden **42 centímetros de largo por 11 centímetros de alto**.

### 3.- En caso de compraventa, ¿el nuevo propietario tendría que cambiar la chapa del vehículo?

**No.** La chapa de identificación **se asigna al vehículo y no a su propietario**. Por tanto, el cambio de titular mediante compraventa, donación, permuta, herencia u otro acto de transmisión no obliga por sí solo a cambiarla.

El nuevo propietario debe realizar la [inscripción de la transmisión de la propiedad en el Registro de Vehículos](https://cubatramite.com/traspaso-de-propiedad-del-vehiculo/).

### 4.- ¿Qué debo hacer si el vehículo está averiado y no puedo trasladarlo al Registro para cambiar una chapa perdida o deteriorada?

Cuando el vehículo presenta roturas o desperfectos técnicos que impiden trasladarlo hasta la oficina del Registro de Vehículos, el propietario o poseedor legal debe **comunicar la pérdida o el deterioro de la chapa**, aunque el vehículo se encuentre inmovilizado.

La Ley No. 109 «Código de Seguridad Vial» establece que las pérdidas o deterioros de las chapas de identificación deben comunicarse al Registro de Vehículos dentro de los treinta (30) días siguientes.

El propietario, poseedor legal o su representante debe contactar o acudir a la oficina correspondiente a su domicilio, presentar la **licencia de circulación** y, cuando proceda, la chapa deteriorada o la chapa que todavía conserve, y explicar las condiciones en que se encuentra el vehículo.

El Registro de Vehículos determinará cómo debe continuarse el trámite y la inspección del medio. Según corresponda, el Registro de Vehículos puede dejar constancia de la comparecencia, establecer un plazo o indicar las condiciones para presentar posteriormente el vehículo. a los efectos de que le sea

> El vehículo no debe volver a circular hasta que se encuentre técnicamente apto y tenga colocadas todas las chapas de identificación exigidas.

**IMPORTANTE:** La rotura o inmovilización del vehículo no obliga por sí sola a cambiar la chapa. El cambio procede cuando esta se ha perdido, está deteriorada o ilegible, o cuando lo dispone expresamente el Ministerio del Interior. Si el vehículo no puede ser reparado o recuperado, debe valorarse el trámite de [baja registral o técnica](https://cubatramite.com/registro-de-vehiculos-solicitud-de-baja-registral-de-los-vehiculos/).

### 5.- Cuando se pierde la chapa de identificación, ¿se asigna la misma matrícula al vehículo?

No. En caso de pérdida de la chapa de identificación, se asigna se asigna otra con nueva numeración, **previo pago del impuesto establecido**.

### 6.- ¿Pueden un agente de la policía de tránsito retirar las chapas si están ilegibles o si los datos del vehículo no coinciden con la licencia de circulación?

**Sí, según la causa de la irregularidad detectada.**

La Ley No. 109 «Código de Seguridad Vial» exige que l**as chapas estén correctamente colocadas y sean legibles a una distancia mínima de cuarenta metros**. Cuando su deterioro impide identificar la matrícula, el vehículo no cumple los requisitos técnicos establecidos para circular y las autoridades pueden ocupar las chapas y la licencia de circulación.

También pueden adoptarse estas medidas cuando el poseedor legal haya realizado **modificaciones no autorizadas que alteren los datos registrales del vehículo**.

Por tanto, deben comprobarse y mantenerse actualizados los siguientes datos:

- Color del vehículo.
- Número del motor.
- Número de la carrocería, chasis o cuadro, según corresponda.
- Nombres y apellidos del propietario.
- Domicilio registrado del propietario.

Cuando las características físicas del vehículo, como el color, el motor, la carrocería, el chasis o el cuadro, no coincidan con las consignadas en la licencia de circulación, el propietario debe acreditar el origen legal de la modificación y realizar el trámite registral correspondiente.

Si la discrepancia se relaciona con el nombre del propietario o su domicilio, debe determinarse si está pendiente la inscripción de una transmisión de propiedad o la actualización del domicilio. Estas diferencias pueden originar una comprobación por las autoridades, aunque la Ley No. 109 vigente no establece que por sí solas produzcan automáticamente la retirada de las chapas.

El propietario o poseedor legal está obligado a comunicar al Registro de Vehículos, dentro de los treinta (30) días siguientes, las transmisiones de propiedad, determinados cambios físicos o registrales, las pérdidas o deterioros de las chapas y los cambios de domicilio que impliquen otra provincia.

### 7.- ¿Puedo circular si he perdido una de las chapas de identificación del vehículo?

**No debe continuar circulando sin las chapas exigidas para la clase de vehículo.**

Los vehículos de motor deben llevar una **chapa en la parte delantera y otra en la trasera**. Las motocicletas, los remolques y los semirremolques** llevan una sola chapa en la parte posterior**.

La pérdida debe comunicarse al Registro de Vehículos dentro de los treinta (30) días siguientes y debe solicitarse el cambio o duplicado correspondiente. Antes de trasladar el vehículo hasta la oficina para su inspección, se recomienda consultar las indicaciones del Registro de Vehículos.

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## Fundamento Legal

- [Ley No. 109 de 2010 «Código de Seguridad Vial»](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-es10.pdf). Regula las condiciones técnicas y de colocación de las chapas de identificación, las facultades para su ocupación o retirada y las actuaciones del Registro de Vehículos. Véanse especialmente los artículos 96, 98, 197 y del 215 al 224. Anotada y concordada publicada en 2026. Gaceta Oficial No. 10 Edición Especial de 2026.
- [Resolución No. 1 de 2013 del Ministerio del Interior](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-1-de-2013-de-ministerio-del-interior). Estableció el sistema de chapas de identificación de los vehículos de motor, remolques y semirremolques del país. Esta disposición continúa vigente con modificaciones posteriores. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 11, de 24 de abril de 2013.
- [Resolución No. 3 de 2022 del Ministerio del Interior](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-3-de-2022-de-ministerio-del-interior). Modificó la Resolución No. 1 de 2013 en lo relativo al sistema de chapas aplicable a instituciones religiosas, cooperativas y formas de gestión no estatal. Gaceta Oficial Ordinaria No. 27, de 14 de marzo de 2022.
- [Resolución 7 de 2025 del Ministerio del Interior](https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-7-de-2025-de-ministerio-del-interior). Modificó el formato de las chapas de identificación de motocicletas y ciclomotores, ampliándolo de cinco a seis dígitos para las nuevas inscripciones y manteniendo la validez de las chapas anteriores. Gaceta Oficial Ordinaria No. 29, de 24 de marzo de 2026.
- [Ley No. 113 de 2012 «Del Sistema Tributario»](https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2026-es1.pdf), Versión anotada y concordada publicada en 2026. Su Anexo 4 establece las cuantías del Impuesto sobre Documentos aplicables al cambio de chapa, al cambio o duplicado por extravío o deterioro y a la expedición de la chapa provisional. Gaceta Oficial No. 1 Edición Especial de 2026.

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## Referencia

[Ministerio del Interior de Cuba](https://www.minint.gob.cu/)

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